viernes, 27 de marzo de 2020

CÓMO Y POR QUÉ NO FUE ACUSADO EL ALMIRANTE CERVERA


     Cómo y por qué no fue acusado el Almirante Cervera


Por Federico Bello Landrove



     El Almirante Cervera mandaba la flota española que fue derrotada completamente por la estadounidense del Almirante Sampson en la batalla de Santiago de Cuba, el 3 de julio de 1898, poniendo prácticamente fin a la guerra entre ambos Países. Cuando pudo regresar a España, fue sometido a investigación penal, que concluyó con un auto de sobreseimiento definitivo, por no existir delito en su conducta. Este ensayo analiza algunos aspectos del tema, a tenor de la postura del Fiscal Militar en el caso.









1. Consideraciones introductorias



     A veces, las estúpidas polémicas de ciertos políticos despiertan las ganas de estudiar de la gente corriente. Algo así me aconteció en el año 2016, cuando publiqué en este mismo blog el relato histórico, Blas de Lezo, o historia de una leyenda, a raíz del enfado de ciertos políticos barceloneses con los madrileños, por haberse inaugurado en 2014 en la capital de España un monumento conmemorativo de dicho marino, que en 1714 había participado en el bombardeo naval de Barcelona, para provocar la rendición de la ciudad durante la Guerra de Sucesión[1]. Aquel trabajo dio lugar -al menos, por mi parte- a no pocas sorpresas sobre lo incierto o exagerado de muchos de los méritos atribuidos al ilustre marino pasaitarra.

     Ahora, una nueva polémica entre políticos de Barcelona y Madrid, a propósito de la ideología y circunstancias de otro famoso marino[2], el almirante Pascual Cervera, me impulsa a dedicar alguna atención a su memoria, en los términos de un ensayo que se centrará en la exigencia de responsabilidades penales por su conducta en la batalla naval de Santiago de Cuba, en el año 1898. Mas, antes de entrar en materia, resultará obligado que haga un breve apunte biográfico sobre este marino asidonense, así como sobre los momentos inmediatamente anteriores al archivo de la causa criminal contra él, instruida en 1899. Para quitar toda emoción artificiosa al relato, dejo ya aclarado, desde un principio, que dicho proceso penal acabó archivándose, sin exigencia de responsabilidad para Don Pascual, y que se han afirmado ya tantas y tan dispares cosas sobre el Almirante que, a diferencia de con Blas de Lezo, pocas o ninguna novedad hallarán en mi acercamiento a su figura.

     Con todo, estoy seguro de que la lectura de este trabajo no resultará inútil para todo aquel que quiera separar lo cierto de lo dudoso -o de lo, sencillamente, falso-, sobre todo en la materia jurídica central de mi estudio, a la que he aplicado un esfuerzo mayor y los conocimientos que se le suponen a un Fiscal, ya jubilado, como es mi caso.

     De todos modos, he de reconocer que, incluso a nivel de artículos informales en Internet, he hallado precedentes serios, que me han sido de bastante utilidad[3]; como también que estoy en deuda con el descendiente del Almirante Cervera, Don José Ramón Cervera Pery, primero en publicar el dictamen del Fiscal en la causa contra su antepasado, por haber puesto el documento al alcance, en abierto, de los muchos internautas interesados por la Historia[4]. Una Historia que -innecesario es decirlo- lleva su rumbo, sin parar mientes en monumentos, rótulos nominales de las calles y jardines e, incluso, en maledicentes y turiferarios.


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     El famoso e ilustre marino Pascual Cervera y Topete (Medina Sidonia, 1839 – Puerto Real, 1909) era sobrino del Almirante Juan Bautista Topete y Carballo (1821-1885), que tan importante papel jugó a favor de La Gloriosa, la revolución que en 1868 destronó a Isabel II. Ingresó en la Marina en 1855 y desempeñó a lo largo de una brillante carrera, concluida en 1908, puestos de combate y de carácter administrativo en Cuba, Filipinas, Marruecos, Cádiz, Madrid y El Ferrol, entre otros, pasando al retiro cuando era Capitán General del Distrito Naval ferrolano, con el rango de Almirante. Su destino de más relieve, antes de 1898, fue el de Ministro de Marina en un Gabinete Sagasta, que desempeñó durante un trimestre (1892-1893), dimitiendo por disconformidad con los recortes presupuestarios para la Marina de Guerra. También ejerció funciones de Senador electivo en los periodos 1893-1894 y 1898-1899.

     En 1896, con el grado de Contralmirante, fue nombrado Jefe de la Escuadra de Operaciones. En el ejercicio de dicho cometido, al declararse la guerra contra los Estados Unidos en abril de 1898, se le ordenó pasar con una escuadra a las Antillas, para oponerse a las acciones de la americana del Almirante Sampson, en interés del dominio español en Cuba y Puerto Rico. Sorteando los obstáculos de un complicado viaje, llegó hasta aguas cubanas en mayo de 1898 y decidió tomar como base de protección y aprovisionamiento el puerto de Santiago de Cuba, donde fue bloqueado, a los pocos días, por la escuadra americana, más numerosa y mucho más potente que la suya. Siguiendo órdenes y tratando de evitar que la escuadra a su mando fuese conquistada desde tierra por los infantes estadounidenses desembarcados en las inmediaciones de Santiago de Cuba, salió de puerto en la mañana del 3 de julio de 1898, dispuesto a escapar al bloqueo yanqui, luchando para ello solo lo indispensable. No obstante, no alcanzó su objetivo, teniendo que enfrentarse a la poderosa escuadra enemiga que, en unas cuatro horas, alcanzó tal superioridad en el combate, que los navíos españoles fueron varados voluntariamente cerca de la costa, para salvar a las tripulaciones y evitar que el enemigo se hiciese con los barcos. Los muertos españoles en combate fueron unos 350, y 150 los heridos. El Almirante Cervera, tras varar su buque insignia, el Infanta María Teresa, hubo de ganar la costa a nado para salvar su vida, siendo hecho seguidamente prisionero.

     Para evacuar posibles responsabilidades penales derivadas de la derrota, Cervera, su segundo en el mando y los capitanes de los buques perdidos fueron sometidos a procedimiento penal militar, ante el Consejo Supremo de Guerra y Marina, a lo largo del año 1899, solicitándose a su respecto el suplicatorio del Senado[5]. En lo atinente a Cervera y al resto de los procesados, menos dos, la causa fue sobreseída libremente por no existir indicios de infracción penal.

     Después de este doloroso episodio, Cervera defendió a su Segundo y al Capitán del crucero Cristóbal Colón, en el juicio oral (4 de septiembre de 1899) que se les siguió por escasa combatividad en la batalla, siendo los mismos absueltos, tras retirar el Fiscal la acusación[6].

     En 1903, el Almirante fue nombrado Senador Vitalicio, puesto que mantuvo hasta su fallecimiento en 1909[7].

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     Concluiré este capítulo introductorio con sendas referencias al texto legal y al tribunal implicados en el procedimiento penal contra el Almirante Cervera, su segundo en el mando y los capitanes de los barcos implicados en la batalla naval de Santiago de Cuba que no habían perecido en el combate -siete procesados, en total-[8].

  • El texto legal a aplicar era el Código Penal de la Marina de Guerra, de 24 de agosto de 1888, que mantuvo su vigor y autonomía tras la posterior publicación del Código de Justicia Militar, de 27 de septiembre de 1890. Interesa destacar, por lo que se recogerá al final de este ensayo, que el artículo 34 del Código citado en primer lugar, dentro de las penas militares especiales, colocaba en segundo lugar de gravedad la de separación del servicio, a la que el artículo 37 daba el carácter o duración de perpetua. En cuanto a los efectos de dicha pena, el artículo 51 señalaba que tenía como consecuencias accesorias, en el caso de Oficiales Generales[9], el pase a la reserva y la incapacidad para desempeñar destinos.
  • El enjuiciamiento del caso competía al Consejo Supremo de Guerra y Marina, máximo Órgano consultivo en esas dos materias ministeriales, el cual pasaba a constituirse en Sala de Justicia para conocer de los recursos contra las sentencias dictadas en Consejo de Guerra por los tribunales militares inferiores y, en primera y única instancia, para juzgar en lo criminal a los Oficiales Generales, entre otros. En este segundo caso -juicio en primera y única instancia- el Consejo podía constituirse en Sala de Justicia, bien en Pleno, o bien con un mínimo de siete Consejeros, según las circunstancias del caso. El Pleno estaba formado por el Presidente y catorce Consejeros. El Consejo contaba, además, con dos Fiscales titulares -sin perjuicio de sus tenientes y ayudantes-, llamados Fiscal Togado -el de mayor rango- y Fiscal Militar -el de rango inferior-.
Con posterioridad, la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales de Marina, de 10 de noviembre de 1894, reguló los Consejos de Guerra contra Oficiales Generales (artículos 57 a 62), no contemplando la formación en Pleno del Consejo Supremo: En lo sucesivo, siempre se constituiría en Sala de Justicia con siete jueces -un Presidente y seis Vocales-, a los que se agregaría como Asesor, sin voto, un Auditor de Marina.









     Para este capítulo y para el siguiente, hago la observación de que los expondré siguiendo el siguiente esquema: En párrafos con letra de formato normal, iré haciendo el resumen de lo que, en su día -24 de junio de 1899- escribió el Fiscal Militar; y, para cuando me parezca oportuno hacer alguna observación o apostilla, interrumpiré la narración y recogeré brevemente mi opinión en letra cursiva, siguiendo luego con el relato del Fiscal. Desde luego, haré lo posible por ser fiel al contenido del dictamen del Ministerio Público, no incluyendo de mi cosecha nada que no sean los indicados párrafos en letra cursiva o bastardilla.

     Dicho esto, lo primero que sorprende -y se agradece- es que el informe del Fiscal Militar del Consejo Supremo, Don Ramón Noboa, sea un extenso texto manuscrito que, en su versión impresa, recogida en la Revista de Historia Naval, alcanza un total de veintiuna páginas y media. Dedica las dos primeras a hacer una presentación de las características y estado -bastante lamentable- en que se encontraban los barcos de la escuadra al mando de Cervera los cuales, aún estando formalmente calificados de cuatro acorazados y tres destructores, eran, en la realidad, un acorazado con muy incompleta protección -lo que le daba la consideración efectiva de tercera clase- y tres cruceros, además de los destructores, estos indiscutidos. Refleja también el Fiscal que Cervera había puesto, franca, extensa y reiteradamente, las deficiencias de los buques en conocimiento del Gobierno, pese a lo cual recibió el 24 de abril de 1898[10] la orden terminante de levar anclas de las islas portuguesas de Cabo Verde -donde a la sazón se encontraba fondeado- y salir urgentemente para las Antillas, lo que hizo el día 29 del mismo mes, una vez ultimados los preparativos y la carga de combustible -carbón-.

     El Fiscal señala que el cablegrama del Ministro de Marina ordenaba salir para las Antillas. Aún dando por supuesto que se aludía a las Antillas españolas, es claro que el destino podía ser, en principio, tanto Cuba, como Puerto Rico. Por tanto, de ser ello así, es responsabilidad del Almirante el decidirse finalmente por Cuba (Santiago) y no por San Juan, la capital puertorriqueña, considerada por algunos comentaristas un destino mejor para la escuadra.

     Para aprovisionarse, Cervera dirigió la escuadra a la isla francesa de La Martinica, en concreto, al puerto de Fort-de-France. A tal fin, mandó por delante al capitán Villaamil, con uno de los barcos más rápidos. El citado capitán volvió con la ingrata noticia de que las autoridades francesas no le dejarían carbonear. También le trajo información que le habían transmitido en el puerto las autoridades, sobre la situación en que se hallaban Cuba, Puerto Rico y las aguas próximas. Ante la información recibida, el Almirante resolvió, el 12 de mayo, dirigirse a Santiago de Cuba, de lo que informó al Gobierno, sin ser desautorizado.

     Es llamativo que, al parecer, esta última decisión, tan crucial, fuera tomada con los meros datos ofrecidos por personal del puerto de Fort-de-France. Es de suponer que el Almirante contara con información más completa y contrastada, por ejemplo, a través de contactos con las Autoridades españolas. En cualquier caso, contase o no con otras fuentes, me parece un tanto prematuro tomar ya la resolución de navegar hasta Santiago de Cuba, cuando -como se verá- todavía iba previamente a arribar a Curaçao, situado a unas 600 millas náuticas de Santiago[11].

     Hacia el 15 de mayo, la flota fondeó en la isla de Curaçao para carbonear, contando con la seguridad que el Gobierno español le había dado el 26 de abril anterior, en el sentido de que hallaría combustible suficiente para proveerse. Sin embargo, no le fueron suministradas más que 600 toneladas, una cantidad totalmente insuficiente para afrontar una singladura larga. Una vez cargado el carbón, la escuadra se dirigió, conforme a lo decidido por Cervera, hasta Santiago de Cuba, donde quedó fondeada el 19 de mayo, con el beneplácito del Gobierno español. En este puerto se encontró con que no había suficiente carbón para sus barcos y el que había era generalmente de mala calidad. Así mismo, faltaban víveres. Por esos dos motivos la escuadra no pudo hacerse enseguida a la mar. Cervera envió telegramas exponiendo la situación, pero no obtuvo ningún resultado. Y entre tanto, el puerto fue bloqueado por la escuadra de los Estados Unidos.

     El informe no señala la fecha en que se produjo dicho bloqueo, pero otras fuentes aluden a que el mismo tuvo lugar el 29 de mayo, es decir, a los diez días de llegar a Santiago de Cuba la formación naval comandada por Cervera.

     Subsanadas las mayores carencias, el Almirante trató de salir de puerto el día 26 de mayo, pero no pudo hacerlo al presentarse mal tiempo. Otros varios intentos posteriores fracasaron por “absoluta imposibilidad”.

     Las imprecisiones de esta argumentación son tan evidentes, que apenas necesitan resaltarse. Por otro lado, si esos intentos de salir de Santiago de Cuba -como parece- fueron posteriores al inicio del bloqueo, no se me alcanza qué ventajas o diferencias concretas pudieron haber tenido con el que se efectuó el 3 de julio, con el funesto resultado que todos conocemos.

     Mientras la escuadra española estuvo en Santiago de Cuba, no se mantuvo ociosa, ni en el mar ni en tierra. En el mar, destaca el Fiscal que, gracias a cañoneo de la flota, el buque americano Merrimac, que pretendía varar en un lugar que bloquease la entrada al canal de la bahía santiaguera, fue echado a piquea cañonazos en un paraje en que no entorpecía el paso a dicha entrada. Por otro lado, buena parte de las tropas de Marina que constituían la dotación de la escuadra[12] pasaron a ayudar a las labores defensivas en tierra, siempre de acuerdo con los generales Blanco y Linares[13].

     El día 26 de junio, a raíz de una comunicación de Cervera en la que le exponía la gravísima dificultad que tenía el que la flota intentara salir de Santiago de Cuba, exponiéndose a un desastroso encuentro con la americana de bloqueo, el Capitán General, Blanco, le contestó que en su opinión, el Almirante exageraba los peligros, pues no se trataba de combatir con los estadounidenses, sino de escapar de aquel encierro, lo que se podía hacer de noche, con menos riesgo. De todos modos, Blanco, por el momento, no le fijó un plazo ni le metió prisa para salir, salvo que se produjese un riesgo inminente de caída de la plaza de Santiago de Cuba en manos enemigas.

     No hace falta encarecer la importancia de este cruce de mensajes, aunque por parte del Capitán General no tuviera un tono perentorio ni de orden. El tema de intentar la salida por la noche ha sido recurrente desde entonces. Más adelante, al discutir las posibles responsabilidades penales de Cervera, el Fiscal remarcará los motivos por los que se descartó con razón, según él, la escapada nocturna. Menor interés ha concitado la observación del general Blanco, relativa a que no se trataba de combatir, sino de escapar. Posiblemente, una cosa era imposible sin hacer la otra, pero es una pauta que el Almirante impuso luego y no sé hasta qué punto todos sus hombres, por necesidad o por pundonor, pudieron no haber seguido a rajatabla.

     Ante la mala marcha de la situación bélica en tierra, el 1 de julio decide Cervera que ha llegado el momento de salir de puerto, pero resulta que las dos terceras partes de sus hombres están luchando en tierra firme, cosa que hace imposible, por el momento, zarpar. El Capitán General, en esa misma fecha, le ordena lo propio, pero Cervera, por la razón apuntada, demora en principio la maniobra hasta las cuatro de la tarde del siguiente día 2. No habiendo culminado para ese momento el reembarco de las tripulaciones, finalmente se fija la salida para la mañana del día 3 de julio. El Capitán General no se conforma con la demora y envía un telegrama al Almirante el 2 de julio, señalando que el embarque y la salida son “urgentísimos”.

     Se había llegado a una situación en la que parece que tanto daba salir un día u otro, siempre que los americanos no atacasen la flota española desde tierra[14]. Con todo, no parece que Cervera fuese muy consciente de la importancia de tener su escuadra lista para cualquier contingencia, cuando dejó que tantos efectivos combatiesen como infantería de marina, siendo así que, tanto él, como Blanco, estaban convencidos de que la rendición de la plaza era cuestión de tiempo, y no mucho. Por otra parte, desde mi ignorancia de temas navales, pienso que, si se trataba solo de escapar, no de combatir, tal vez no habría sido preciso intentarlo con las tripulaciones al completo.

     El 2 de julio de 1898 por la tarde, Cervera reunió a su Segundo y a los comandantes de los navíos de su flota, para comunicarles sus decisiones acerca de la hora y la formación de salida para el día siguiente, así como de las órdenes para la acción, “sin discusión ni consulta”. Saldría el primero su buque insignia, el Infanta María Teresa, único que estaría en la obligación de combatir, para facilitar la huida de los demás, todos en dirección oeste y procurando cada uno por sí, con independencia de lo que acaeciese a los restantes. Navegarían próximos a la costa, por si hubiese que varar los barcos y evacuarlos, conforme al artículo 153 de las Reales Ordenanzas para la Marina. El destino sería, en principio, el puerto cubano de Cienfuegos y, si ello fuese posible, llegarían a La Habana. Terminó consignando a los reunidos que se trataba de “órdenes terminantes”. El Fiscal reseña que varios de los buques de la escuadra americana se habían retirado hasta Guantánamo, para aprovisionarse de carbón.

     Bien se ve que, cualesquiera que hubiesen sido las anteriores conversaciones o consejos, llegado el momento de decidir, Cervera lo hizo sin someter a discusión o consulta el plan que había pergeñado, no aceptando tampoco la más mínima observación o matiz de sus órdenes; algo que permitiría a todos sus subordinados excusar cualquier responsabilidad sobre el desarrollo de la batalla, como no fuera por motivo del comportamiento personal, como sucedió con el Segundo Jefe y el comandante del acorazado Cristóbal Colón, como tendremos ocasión de comprobar en el capítulo 4 de este ensayo.

     Algunos estudiosos de estos temas se han fijado en la orden de que todos los barcos siguiesen el mismo rumbo -hacia el oeste-, señalando que, para escapar del bloqueo, era preferible hacerlo en distintas direcciones, dispersando a sus perseguidores, aunque finalmente se reunieran en un punto previamente convenido.




Croquis por gentileza de “Somahistoria”





3.   Contenido del informe de sobreseimiento del Fiscal (2ª parte)




      Prosigo en este capítulo la exposición resumida del dictamen del Fiscal, así como las observaciones que he considerado más necesarias; y ello, a partir del momento en que la flota del Almirante Cervera salió del puerto de Santiago de Cuba, rumbo al que sería su desastre total. Como la narración del desarrollo del combate está expuesta, sin grandes contradicciones, en multitud de fuentes escritas, ahorraré hacer el resumen de casi todo lo atinente a los episodios de la batalla naval.

     A las nueve de la mañana del 3 de julio de 1898 se dio la orden de salida y, tras rebasar la bocana del canal de acceso, hacia las nueve y media empezaron las hostilidades. El Fiscal acoge la tesis de que, tanto por razones de construcción, como de calidad y cantidad del carbón, los barcos americanos eran de mucho más andar que los españoles, lo que hacía prácticamente imposible que estos escaparan, aunque fuera a un puerto relativamente próximo. El hecho es que, según iban saliendo a mar abierto, los barcos españoles buscaron su propia escapatoria, conforme de las instrucciones generales recibidas, viéndose obligados a luchar con los navíos americanos que les cerraban el paso o perseguían.

     Otro tema muy criticado a lo largo del tiempo ha sido el de dejar la salida para una hora de plena luz del día, habida cuenta de que en la zona amaneció ese día hacia las siete menos diez de la mañana, poniéndose el sol a las ocho y cuarto de la tarde. Según los críticos, ya que no se salió de noche, pudo hacerse muy de madrugada, o a la caída de la tarde, para que la noche llegase pronto. Más interés me despierta una cuestión, que el Fiscal no acaba de aclarar: ¿Lucharon los barcos españoles solo en lo necesario para intentar escapar o, llevados de su arrojo, tomaron la acción como una batalla abierta, no como una inevitable huida? En la práctica, sea la respuesta una u otra, quizá los efectos habrían sido los mismos, tan pronto los buques yanquis les hubiesen dado alcance.

     La conducta del Almirante durante el combate supuso el que tuviese que tomar el mando directo del crucero Infanta María Teresa, al caer herido su comandante, el capitán Concas Palau, y no poder localizar al segundo oficial. Con él al mando, el barco se hizo embarrancar, conforme a lo previsto, hacia las diez y media. Como otros muchos tripulantes, Cervera ganó la orilla a nado. El crucero Oquendo embarrancó hacia las once menos cuarto. El Vizcaya lo hizo poco después de las diez, a unas 18 millas náuticas al oeste del canal del puerto. El Cristóbal Colón inicialmente logró escapar, sin dejar de disparar, siendo perseguido ineficazmente, hasta que acabó “el carbón escogido”, lo que le hizo perder velocidad y, habiéndole dado alcance los navíos estadounidenses, embarrancó hacia las dos de la tarde en Río Tarquino[15]. Este fue el momento final de la batalla, pues los destructores españoles ya habían sido hundidos con anterioridad.

     La última parte del dictamen de sobreseimiento definitivo por el Fiscal está dedicada, con base en los hechos recogidos precedentemente, a valorar si en la conducta del Almirante Cervera o de los demás procesados hubo evidencia de alguna responsabilidad criminal, a depurar en el consiguiente Consejo de Guerra. En lo que se refiere a Cervera y a otros cuatro coprocesados a sus órdenes, el Fiscal Militar va a llegar a la conclusión de que no existen indicios de delito y, en consecuencia, solicitará el archivo de la causa para ellos, con libre sobreseimiento por inexistencia de infracción penal. La argumentación -que también apostillaré en algunos de sus puntos- puede resumirse como sigue:

  • El Almirante denunció a sus Superiores las deficiencias de la escuadra y, en lo posible, procuró subsanarlas.
  • Cervera arribó con la flota “adonde pudo hacerlo”. Era Santiago de Cuba el “único puerto que se le presentaba” para carbonear, que era la necesidad más perentoria de los barcos.
Sinceramente, no está nada explicada la primera de las proposiciones anteriores. Además, desde Curaçao, a unas 600 millas náuticas de Santiago de Cuba, parece posible dirigirse a otros lugares de las Antillas, lo que no quiere decir que yo los juzgue mejores, pero sí factibles. La segunda proposición -lo del único puerto donde carbonear- me parece que olvida, como mínimo, la opción de San Juan de Puerto Rico. Hasta resulta un poco ridícula la justificación, cuando se vio que en Santiago, ni había suficiente carbón, ni era de buena calidad; cosas que supongo podría haber indagado Cervera, mediante comunicaciones previas a distancia, bien directamente con Cuba, bien a través de España -si es que no le mintieron-. En fin, son observaciones, tal vez infundadas, pero que vienen al hilo de la imprecisión del Fiscal, si es que no está directamente incurriendo en inexactitud.

  • La escuadra salió del puerto de Santiago en pleno día, porque de noche los americanos hacían el bloqueo más estrecho, y contaban con potentes reflectores que habrían deslumbrado a los pilotos españoles. Todo eso lo hacían los enemigos impunemente porque las baterías de costa tenían orden de no disparar por la noche; de lo que Cervera se quejó sin resultado al general Linares, de quien dependían aquellas. Finalmente, haber salido de noche habría dificultado la navegación y el eventual salvamento de los náufragos.
Probablemente, la referencia al silencio nocturno de las baterías de costa es el hallazgo más llamativo y ridículo de este ensayo. No digo que, por modo general y para ahorrar municiones, no fuese una práctica aceptable; pero negarse a corregirla para que saliera la flota con más seguridad, es una auténtica canallada de los responsables, dadas las circunstancias[16].  De todos modos, la pregunta es: De haber accedido el general Linares a que las baterías trabajaran de noche, ¿habría estado dispuesto Cervera a intentar la huida en horas nocturnas?

  • Los barcos de la escuadra española, conforme a lo ordenado, dispararon contra el enemigo al pasar, no deteniéndose voluntariamente y por sí para trabar combate, en vez de tratar de escapar.
  • Conocedor de todos los episodios y del resultado de la batalla naval de Santiago de Cuba, el Capitán General de la Isla loó el comportamiento del Almirante.
     Por el contrario, en lo tocante a los dos procesados que estuvieron a bordo del acorazado Cristóbal Colón, el Fiscal solicita que siga adelante la causa y que se llegue a juicio oral (Consejo de Guerra) para depurar sus posibles responsabilidades, durante la caza del buque por los americanos y su posterior varadura. El Fiscal Militar fundamenta su postura procesal en que el barco, en contra de lo preceptuado en las Ordenanzas, no combatió “hasta donde quepa en sus fuerzas”, pasando a la fase de vararlo, sin evacuar consulta sobre el estado y situación del buque con el resto de los jefes y oficiales.

     La posición del Fiscal parece en exceso rigurosa, cuando se considera que ese mediocre acorazado, calificado por él mismo como de tercera, ni siquiera tenía montada su artillería principal o de mayor calibre. Por otra parte, no parece muy coherente pedir que luche hasta donde quepa en sus fuerzas a un barco que ha recibido órdenes terminantes de huir y, de no poder hacerlo, varar. Pero no insistiré en el argumento pues -como indicaré en el capítulo siguiente- el Consejo de Guerra contra esos dos procesados concluyó en sentencia absolutoria, que creo fue lo más justo, así en términos objetivos, como comparativamente con el sobreseimiento para los demás.






4.   El destino judicial de otros compañeros de armas de Cervera

    

     El 4 de marzo de 1899 caía el Gobierno Sagasta, que había tenido que lidiar desde octubre de 1897 con la crisis hispano-norteamericana y, a partir de abril de 1898, con la desastrosa guerra entre ambos Estados y el durísimo -para España- Tratado de París de 10 de diciembre de 1898, que puso fin a las hostilidades. El Gobierno que sucedió, también del Partido Liberal, pero presidido por Francisco Silvela, asumió el riesgo -tal vez, inevitable- de depurar responsabilidades de varios de los Jefes que, sobre el terreno, habían dirigido las operaciones militares. Entre ellos, y como el más famoso, se encontraba el Almirante Cervera, conforme hemos visto hasta ahora. Con él, fueron encausados y declarados no responsables por libre sobreseimiento, los comandantes de los barcos de su escuadra, capitanes de navío, Antonio Eulate y Víctor Concas[17], y tenientes de navío, Diego Carlier y Pedro Vázquez. Para otros dos encausados en el mismo proceso, los capitanes de navío, José Paredes Chacón y Emilio Díaz-Moréu Quintana, se llegaría a la celebración de Consejo de Guerra, de cuyo desarrollo y sentencia algo apuntaré poco más adelante.

     En paralelo a la investigación criminal sobre los hechos de la batalla naval de Santiago de Cuba, se llevaba la de la llamada batalla naval de Cavite, trabada entre escuadras española y estadounidense en la bahía de Manila (Islas Filipinas), el 1 de mayo de 1898, ante el arsenal y apostadero de la Marina de Guerra de aquel nombre. Me interesa aludir a esa causa porque en ella acabó condenado el Contralmirante, Patricio Montojo, que mandaba la flota española. Ello ha ocasionado una polémica -en mi opinión, bastante estéril- sobre las razones espurias por las que se habría condenado a Montojo y exonerado de responsabilidad a Cervera, sin necesidad siquiera de someterse a juicio, siendo así que el desastre naval filipino y el cubano fueron muy parecido en su resultado: pérdida de todos los barcos a su mando y numerosas bajas entre los combatientes hispanos[18]. Creo, pues, conveniente no cerrar este ensayo sin una referencia, por escueta que ella sea, al Consejo de Guerra contra Montojo y a la sentencia que recayó.

     Finalmente, aunque no tenga que ver con la Marina, el hecho de que también fuese juzgado en Consejo de Guerra el general de división, José Toral Velázquez, comandante temporal del Cuerpo de Ejército que defendía Santiago de Cuba entre el 1 y el 16 de julio de 1898 -por tanto, cuando se produjo la batalla naval-, me impulsa a aludir también al resultado de aquel juicio y a algunas de las circunstancias del mismo.

     En resumen, la impresión que extraigo de todo ese conjunto de peripecias judiciales es el de que estuvieron de más. En primer lugar, porque los hechos llevados ante el Consejo Supremo de Guerra y Marina, constituido en Sala de Justicia, tenían en todos los casos anteriormente aludidos -incluso en el de Montojo, como veremos- una clara apariencia de decisiones y actuaciones militares más o menos inteligentes y acertadas, pero no de delitos determinantes de los resultados. Y, en segundo lugar, por cuanto no se depuraron las responsabilidades de los políticos, que tanta culpa parecían tener en las graves deficiencias de preparación y medios de nuestras fuerzas armadas[19], así como en la asunción de una guerra, tal vez, inevitable, pero de cuyo desenlace funesto todos los próceres informados eran bien conscientes. De algún modo, por razones que todos creemos comprender, el Gobierno español infringió entonces dos principios básicos, al promover o permitir el encausamiento criminal de Cervera, Montojo, Toral y otros tantos: 1º. El principio moral de no cargar la mano sobre los más débiles, usándolos como carnaza para disimular la responsabilidad de los más fuertes. 2º. El principio militar de que el Mando no está obligado a vencer, ni siquiera a acertar en sus resoluciones, sino a actuar, dentro de las posibilidades existentes, con ponderación y valor.

     En resumen, no pienso que los así llamados héroes del 98, entre los cuales se cuenta el Almirante Cervera, merezcan por su conducta militar que se les recuerde con honor, pero tampoco que se les abriese en su día causa criminal. En este caso, como en la mayoría de las valoraciones históricas, in medio, veritas. Cuando menos, así opino yo.

     Y vamos ya con Paredes, Díaz-Moreu, Montojo y Toral, según lo prometido.


     El Consejo de Guerra contra José Paredes Chacón, Segundo Jefe de la escuadra mandada por Cervera, y contra Emilio Díaz-Moréu Quintana, capitán del acorazado Cristóbal Colón, se celebró en el salón de actos del Ministerio de Marina en Madrid, el día 4 de septiembre de 1899, ante una Sala de Justicia formada por siete consejeros del Consejo Supremo de Guerra y Marina. Previamente, se había obtenido el suplicatorio del Congreso respecto del capitán Díaz-Moréu, al ser Diputado elegido por el distrito de Motril (Granada). Actuó como Fiscal Militar Don Carlos Delgado. Ejerció la defensa de ambos acusados el Almirante Cervera, exonerado ya de toda responsabilidad por los hechos, el mes de junio anterior.

     De manera muy llamativa -en mi opinión-, los dos acusados no estaban presentes en la sala, pero sí en una próxima, desde la que se supone que seguirían el juicio y, desde luego, se cumplió con el trámite final de la última palabra. En consecuencia, solo se leyeron y tuvieron en cuenta sus declaraciones sumariales. Sí se practicó prueba testifical, así como la documental que ya figuraba en el sumario y leyó el Instructor Militar en su apuntamiento al Tribunal.

     Llegado el momento de formular conclusiones definitivas, el Fiscal retiró la acusación, interesando sentencia absolutoria para ambos acusados. No obstante la postura del Ministerio Público, el Defensor, Almirante Cervera, informó con cierta amplitud, para refutar las conclusiones provisionales del Fiscal, cosa que no tenía ya ningún sentido; pero para nosotros sí tiene el valor de un testimonio histórico. El Almirante salió al paso de la inicial acusación de que los acusados no habían cumplido con el deber militar de combatir “hasta donde quepa en sus fuerzas”, al haber varado el Colón cuando aún estaba en condiciones para dar batalla, así como haberlo hecho sin consultar o pedir informes a otros jefes y oficiales del buque. Cervera argumentó que el acorazado había sido varado en el momento oportuno para evitar que cayera en manos yanquis -de forma un tanto estruendosa, llegó a suponer qué no se habría dicho en España, si tan hermoso barco hubiese aparecido “por Gibraltar” tiempo después, ondeando la bandera de los Estados Unidos-. Y, en cuanto a la falta de consejo, el Almirante señaló que el capitán Díaz-Moréu no tenía por qué hacerlo, máxime cuando tenía a su lado al Segundo Jefe de la flota, capitán de navío de primera, Sr. Paredes, quien estuvo conforme con la varadura en aquellos momentos.
     Los acusados declinaron hacer uso de su derecho a decir la última palabra[20].
     Como no podía ser de otra manera, la sentencia fue absolutoria.


     El Consejo de Guerra contra el contralmirante Montojo, primer jefe de la escuadra española en la batalla de la Bahía de Manila, o de Cavite[21], y contra el general Enrique Sestoa Ibáñez, al mando del Arsenal y Apostadero caviteños, fue concienzudamente preparado a lo largo de una instrucción sumarial iniciada en marzo de 1899, que llegó a contar con unos 1.500 folios. Durante su tramitación, los procesados fueron mantenidos en prisión preventiva en una prisión madrileña; una medida drástica que sí que llama la atención, por el agravio comparativo que significaba, en relación con la libertad provisional de que gozaron durante el sumario Cervera y sus hombres.

     En cambio, carece de fundamento toda comparación entre el trato judicial de ambos contralmirantes en lo que se refiere al sobreseimiento del uno y la acusación para el otro. El Fiscal no tuvo empacho en reconocer el valor acreditado por Montojo mientras estuvo, efectivamente, al frente de su escuadra, ni tuvo nada que reprochar sobre su táctica de combate -más que discutible, en opinión de muchos comentaristas-. La acusación a Montojo estuvo basada en un hecho acreditado, que el Ministerio Público juzgó ilegal y deshonroso: Que, con unos motivos u otros, el Contralmirante abandonó su barco durante el combate, desplazándose primero al interior del Arsenal, para conferenciar con otros jefes militares sobre la marcha de los acontecimientos y lo que debería hacerse; y, acto seguido, se marchó del Arsenal y se dirigió a Manila. Cierto que, antes de ausentarse de la batalla, cuando esta ya iba avanzada y con muy mal cariz para los españoles, había dejado órdenes de que, en cuanto fuese posible, se procediese a anegar y dejar hundir los buques, lo que así hicieron sus subordinados. Hay quien dice que Montojo pasó al Arsenal para curarse de una leve herida pero esa especie, ni tiene una base sólida, ni habría justificado el abandono de su puesto en el buque insignia.

     No es extraño, pues, que el Fiscal considerara los hechos como un delito de abandono de puesto en combate ante el enemigo -bien que con atenuantes- y solicitara para el acusado pena de prisión perpetua, con las accesorias de expulsión de la Marina y pérdida de los derechos económicos hasta entonces devengados.

     Conste que yo no suscribo -ni tengo por qué- el relato de hechos del Fiscal Militar: Me limito a recoger el objeto de la acusación y constatar que en nada se parecía a lo que hizo Cervera durante la batalla naval de Santiago de Cuba.

     El Consejo de Guerra, ante un tribunal formado por consejeros del Consejo Supremo de Guerra y Marina, se celebró en Madrid, los días 19 y 20 de septiembre de 1899, con un desarrollo probatorio y argumental que me abstengo de recoger, toda vez que el tema de este ensayo versa sobre el Almirante Cervera[22]. Sí señalaré que el Fiscal Militar mantuvo para Montojo la acusación y pena de su escrito de calificación, mientras que retiró la acusación respecto del general Sestoa. El Tribunal dictó sentencia el día 21 siguiente, en que condenó a Montojo a la pena de separación del servicio, pasando a la situación de reserva, con incapacidad para desempeñar destinos. La sentencia motivó el oportuno acuerdo administrativo de ejecución, producido por Real Decreto de 10 de octubre de 1899[23].

     Seguramente, para nuestra sensibilidad de civiles del siglo XXI, la pena impuesta fue mucho más razonable que la solicitada por el Fiscal. No obstante, es tal la diferencia, que induce a pensar, bien que el Contralmirante salió demasiado bien librado, o bien que, para ese viaje, las alforjas judiciales del caso resultaron superfluas.


     Y voy, finalmente, con mi alusión al Consejo de Guerra que se siguió contra el general de división, Don José Toral Velázquez, Segundo Jefe de las fuerzas terrestres españolas en Santiago de Cuba, que pasó a ser su Comandante en Jefe temporal, al resultar herido en acción de guerra el titular, general Don Arsenio Linares Pombo, el día 1 de julio de 1898, es decir, un par de jornadas antes de la batalla naval de Santiago. Bajo las órdenes del general Toral, el ejército español combatió y resistió al americano, cada vez con menor éxito, hasta que, previa negociación con el General en Jefe adversario, Shafter, y autorización del Capitán General, Blanco, las fuerzas españolas capitularon y pudieron retirarse con su armamento. Seguramente, el Cuerpo expedicionario estadounidense tenía muchos más medios -sobre todo, artillería eficaz-, y estaba apoyado por los insurgentes cubanos, pero el número de efectivos enfrentados era bastante parejo: alrededor de los quince mil hombres. Tal vez por ello, o por lo que significaba para la marcha de la guerra en la Isla, la noticia de la capitulación fue muy mal recibida en España, enfocando enseguida los políticos la indignación hacia Toral, aunque en el fondo todos sabían que, después de la destrucción de la escuadra de Cervera, la suerte estaba echada en Cuba. Ese fue, con toda certeza, el motivo para una rendición que se creyó precipitada; ese, y la postura benévola de Shafter, que accedió a cubrir el episodio con unas formas caballerosas, alejadas de la “rendición incondicional”.

     A su repatriación, Toral fue encausado y sometido a prisión preventiva. El juicio oral contra él y algunos de sus subordinados se celebró en varias sesiones, a partir del día 1 de agosto de 1899, en el salón de actos del Consejo Supremo de Guerra y Marina, al que correspondió enjuiciar el Consejo de Guerra, constituido en Sala de Justicia, corriendo la defensa de Toral a cargo del conocido militar e historiador, Don Julián Suárez Inclán[24].

     La sentencia[25] absolvió a todos los procesados, en particular a Toral, despejando el bulo de que se había rendido por su cuenta y riesgo, hallándose incomunicado, dando como probado que lo había hecho “en cumplimiento de las instrucciones recibidas del General en Jefe del Ejército” -se entiende, del Capitán General de Cuba, general Blanco y Erenas-.  Con todo, la animadversión popular, que le había seguido desde su llegada a España por el puerto de Vigo, no se agotó, sino que los ataques contra él prosiguieron durante el resto de su vida. Esta situación acabó por sumirlo en una profunda depresión que desembocó en su locura y posterior ingreso en el hospital psiquiátrico de Carabanchel. Allí consumió sus últimos días de vida, hasta fallecer el 10 de julio de 1904, a los 71 años de edad.




Almirante Cervera





[1]  Véase en este blog, con la etiqueta de Cuentos históricos, el relato Blas de Lezo, historia de una leyenda, entrada del 1 de noviembre de 2016, especialmente el capítulo 1, titulado “El monumento”.
[2]  Los principales episodios de dicha polémica fueron la sustitución, en una calle de la Barceloneta, de la dedicación al Almirante Cervera por la de otra persona, que acababa de fallecer y había morado en dicha vía; seguido del desagravio por el Ayuntamiento de Madrid, al dedicar al nombre del Almirante Cervera unos jardines, o pequeño parque, en el barrio de Chamberí. Todo ello, producido en 2018 y 2019, respectivamente, cursó con ignaros insultos e interesadas loas al Almirante aludido, que entiendo nada aportan a su papel histórico, afortunadamente más allá de políticos fuera de su papel y deberes.
[3] Citaré dos, a título de ejemplo: Ricardo Peytaví, El desastre naval de Santiago de Cuba (3 de julio de 1898), Mgar.net, sin fecha; Pío Moa, El Desastre del 98: Desarrollo, Libertad Digital, 2 de julio de 2004. También fueron muy ilustrativas las aportaciones inéditas recogidas en ABC Cultura, 3 y 4 de julio de 2018.
[4] Véase José Cervera Pery, El Almirante Cervera; Vida y aventura de un marino español, edit. Prensa Española, Madrid, 1972; José Cervera Pery, El Almirante Cervera: un marino ante la Historia, edit. San Martín, Madrid, 1998. En Internet, con libre acceso, Documento: Dictamen del Fiscal Militar en la causa instruida contra el contraalmirante Don Pascual Cervera, Revista de Historia Naval, año XVI, nº 63 (1998), pp. 93-120 (a la sazón, era Director de dicha Revista el Sr. Cervera Pery).
[5] La instrucción de la causa comprende más de mil folios. La decisión respecto de Cervera y su argumentación por el Fiscal obran en el Archivo Naval existente en el palacio del Marqués de Santa Cruz, en El Viso del Marqués (Ciudad Real), en el expediente personal del Almirante.
[6]  Detalles sobre el juicio, en la prensa de la época, por ejemplo, La Vanguardia de Barcelona, número del 5 se septiembre de 1899, p. 5.
[7] Véase José Cervera Pery, entrada biográfica de Pascual Cervera Topete, en la página web de la Real Academia de la Historia.
[8] No creo necesario precisar todos los nombres de los inculpados y de los barcos que mandaban, por hallarse recogidos profusamente en libros y artículos. Aludir ampliamente a estos sería tarea hercúlea, por lo que me limitaré a recoger algunos, que he empleado para documentar este ensayo: Julio Rodríguez Puértolas, El Desastre en sus textos. La crisis del 98 vista por los escritores coetáneos, edit. Akal, Madrid, 1999; Pedro Laín Entralgo y Carlos Seco Serrano (Editores), España en 1898. Las claves del Desastre, edit. Círculo de Lectores, Barcelona, 1998, espec. pp. 180-185, a cargo de Miguel Alonso Baquer; John Laffin, Diccionario de batallas, edit. Salvat, Barcelona, 2001, pp. 480-481; Juan Vázquez García y Lucas Molina Franco, Grandes batallas de España, edit. Susaeta, Madrid, 2010, pp. 206-211; Revista Armas y Letras, año IV, nº 68, noviembre de 1923, pp. 17-21 (con motivo de la inauguración del monumento conmemorativo en Cartagena); José María Blanco Núñez,  De Cavite a Santiago, conferencia de 14 pp, publicada en 1998 en www.armada.mde.es; José Ignacio González-Aller Hierro, Los programas navales de la Restauración, en VV.AA., El buque en la Armada Española, edit. Sílex, Bilbao, 1981, pp. 307-329, con profusión de fotografías y dibujos. Sobre el famoso episodio de la destrucción del acorazado Maine, véase George Hyman Rickover, How the battleship Maine was destroyed, 1ª edic., University of Michigan Library, 1976, y 2ª edic. (revisada y actualizada), Naval Institute Press, 1995.
[9] Se empleaba esa expresión, aún tratándose de marinos, para referirse a los grados de almirante, equiparados al Generalato del Ejército. Excepcionalmente, por razón del cargo, podía considerarse Oficial General a un grado naval inferior, como acaeció con el Segundo en el mando de la Escuadra de Operaciones en el combate naval de Santiago de Cuba, Don José Paredes Chacón, cuyo rango en la Marina era el de Capitán de Navío de Primera Clase.
[10] Recuérdese que la declaración de guerra de los Estados Unidos se efectuó el mismo día 24 de abril, si bien se le dio carácter retroactivo, con efectos del día 21 anterior, en que el Embajador de España había pedido los pasaportes.
[11] Desde Curaçao, la distancia hasta San Juan de Puerto Rico habría sido de unas 400 millas náuticas.
[12] Su total se calcula en unos dos mil hombres.
[13] Los americanos iniciaron los desembarcos de tropas de tierra en la playa abierta de Daiquirí, unos 30 km al este de Santiago de Cuba, el 22 de junio de 1898 (previamente lo habían hecho en la bahía de Guantánamo, el 10 de junio, a unos 80 kilómetros de Santiago por una difícil carretera, por lo que les sirvió más bien de lugar de aprovisionamiento para la flota, que como base para atacar Santiago). Ramón Blanco y Erenas (1833-1906) era a la sazón, como Capitán General, la máxima autoridad civil y militar española en Cuba. El general Arsenio Linares Pombo (1848-1914) estaba al mando de las fuerzas terrestres españolas en la zona de Santiago de Cuba, si bien, herido en acción de guerra, hubo de ceder el mando, el 1 de julio de 1898, a su segundo, el general José Toral y Velázquez (1832-1904), a quien más adelante aludiré.
[14] La resistencia española en tierra fue más larga de lo esperado -quizá, ayudada por las deficiencias en las operaciones de los americanos-. El hecho es que estos no lograron la capitulación de la plaza hasta el 16 de julio.
[15] Más propiamente, Río Turquino, a unas 48 millas náuticas (unos 90 km) de Santiago de Cuba, a mitad de camino, aproximadamente, entre Santiago y el Cabo Cruz.
[16] De ser ciertos los hechos y su responsable, resulta vergonzoso que, al año siguiente (1900) de la instrucción de la causa contra Cervera, cuando ya se sabía todo esto, Arsenio Linares fuese nombrado Ministro de la Guerra, puesto en que repetiría en otras ocasiones.
[17] Merece especial atención jurídica el capitán de navío -comandante del Infanta María Teresa durante la batalla naval de Santiago de Cuba-, Don Víctor María Concas i Palau, pues llevó posteriormente la defensa del contralmirante Montojo, dejando cumplida cuenta en el libro Causa instruida por la destrucción de la escuadra de Filipinas y entrega del arsenal de Cavite, Sucesores de Rivadeneyra, Madrid, 1899.
[18] Ya he dejado dicho que los marinos españoles muertos y heridos en el combate naval de Santiago de Cuba se estiman, respectivamente, en unos 350 y unos 150. Las bajas en la batalla naval de Cavite ascendieron a unos 100 muertos y cerca de 300 heridos. Es decir que, tanto por el total de bajas, como por el número de fallecidos, la escuadra de Cervera tuvo peores resultados que la de Montojo.
[19] El libro clásico a este respecto es el de Víctor María Concas i Palau, La escuadra del almirante Cervera, Librería San Martín, Madrid, s.f. (circa 1899), reeditado varias veces y traducido al inglés por la casa australiana, Wentworth Press. Tengo entendido que su publicación le costó al Señor Concas un nuevo Consejo de Guerra, por sus duras críticas a ciertos políticos relevantes, proceso que debió de concluir sin responsabilidades pues el autor siguió con su justamente exitosa carrera en la Marina y en la política.
[20] Resumen del Consejo de Guerra, confeccionado sobre la base principal de lo recogido en el diario barcelonés La Vanguardia, del 5 de septiembre de 1899, p. 5.
[21] Perspectiva americana en Patrick McSherry, The Battle of Manila Bay (Cavite), en The Spanish-American War, Centennial Website, 1998.
[22] Para una aproximación meramente curiosa, aconsejo la consulta de la hemeroteca del diario barcelonés, La Vanguardia, números de 12-09-1899, p. 5, 20-09-1899, p. 6, y 21-09-1899, p. 5.
[23] Puede encontrarse en la Gaceta de Madrid, nº 285, de 12 de octubre de 1899.
[24] Breve resumen del desarrollo del Consejo de Guerra, en lo referente al general Toral, puede hallarse en la benemérita hemeroteca del diario La Vanguardia, números de 2 de agosto de 1899, p. 6, y 3 de agosto de 1899, pp. 5-6.
[25] Véase fuente citada en la nota anterior, número de 11 de agosto de 1899, p. 6, que toma los datos de la sentencia del Diario Oficial del Ministerio de la Guerra del mismo día. Creo que la fecha de la sentencia es la de 9 de agosto de 1899.

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