domingo, 24 de mayo de 2020

EN BUSCA DE LA JUSTICIA (II): LA BIGAMIA DEL MINISTRO CRISPI



En busca de la Justicia (II): La bigamia del ministro Crispi

Por Federico Bello Landrove

     Nuevo acercamiento mío al género de la historia novelada, en tres relatos. Tres italianos imaginarios serán convocados para ayudar a impartir justicia en tres momentos muy significados de la Historia de Italia: la derrota de Lissa, dentro de su Tercera Guerra de Independencia (1866); el escándalo de la presunta bigamia del Ministro, Francesco Crispi (1878); los excesos sexuales de ciertos clérigos de la época de preparación de los Pactos Lateranenses (1929). Es posible que mis protagonistas no logren que se haga justicia pero, al menos, creo que entretendrán a ustedes y harán que aprendan algo de la Historia de Italia en aquellos tiempos.





1.      Dos matrimonios y un solo Ministro


     No hay cosa más peligrosa -ni más frecuente- en un político que no medir los efectos de sus actos. Al honorable Francesco Crispi[1] una bomba así le ha estallado en las narices: Ha tenido que dimitir como Ministro del Interior y ahora se encuentra involucrado en una instrucción criminal por delito de bigamia. Pero, por el momento, se halla frente por frente con su amigo y correligionario, el abogado y diputado Diego Tajani[2], en el reservado de un café de la romana Piazza del Parlamento. Con el permiso de un camarero de confianza, agucemos el oído para escuchar lo que están hablando:
-          Me lo estaba tomando con calma -dice Crispi-, pues Il Piccolo es un diario irrelevante y bien sé yo quién es el miserable que está manipulando a Zerbi para que siga con la campaña[3]. Pero, chico, la insistencia de Depretis[4] hasta forzar mi dimisión -según él, por indicación de Palacio-, así como la aparición en poder del Piccolo de una partida de mi supuesto matrimonio maltés[5], me han inquietado; y ahí es donde entras tú, pues supongo que no te negarás a echarme una mano.
     Tajani sonríe. Parece que el león se está volviendo cauteloso.
-          Me parece bien que te tomes en serio el aspecto legal del tema y, por supuesto, cuentas con mi colaboración. ¿Qué crees que puedo hacer por ti?
-          Quiero designarte inmediatamente abogado defensor para la instrucción preliminar que están llevando los jueces de Nápoles, que, tan pronto como he dejado de ser Ministro, se me han echado encima y me han citado para declarar.
-          Lógico -comenta Tajani-, pero tendrán que haber sido procedidos por el Procurador del Rey. Es él quien habrá presentado la -llamémosla así- denuncia, pidiendo que se instruyan los preliminares de la causa criminal por bigamia.
     Por unos momentos quedan callados. Tajani rompe el silencio con una pregunta:
-          ¿No han llamado también a declarar a Lina[6]?
-          ¡Demonios, no!, responde Crispi. ¿Qué puede haber pintado ella en el simulacro de Malta?
     Diego no contesta, sino que formula otra cuestión:
-          ¿Y a Rosalía[7] tampoco?
-          Espero que no -Crispi suspira-. Después del lío que montó con la Reina[8], solo me falta que le tiren de la lengua con lo del 54.
     Tajani ve que las cosas no están nada claras. Concluye:
-          Por de pronto, dame todos los papeles que tengas de la boda con Rosalía, así como los que te hayan hecho llegar hasta ahora del juzgado. Mañana o pasado viajaré hasta Nápoles a ver cómo marcha la investigación y cómo respiran el juez y el fiscal. A la vuelta, hablaremos.
     Crispi, entre agradecido y tranquilizado, pone una mano en el antebrazo de Tajani:
-          Muchas gracias, Diego… ¿Quién me mandaría dar este paso por complacer a Lina?
-          ¡Ah, las mujeres!, exclama Tajani. Tienes sesenta años: Deberías ir pensando solo con la cabeza.
     El presunto bígamo, se engalla en broma con su interlocutor:
-          Tengo nada más cincuenta y nueve, y eso, para un riberés[9], es poca cosa.






***

     Cuando Tajani -a quien desde ahora puedo aludir como el Abogado, aunque también lo fuese Crispi- se enteró por los periódicos de que el León de Sicilia había vuelto a casarse, se quedó atónito, pues bien conocía él que había otra señora Crispi viva, aunque las peloteras escandalosas entre ellos los habían llevado finalmente a la separación. Pero eso era demasiado poco para pasar a nuevas nupcias, máxime en un país que no tenía divorcio. En suma, o el matrimonio entre Rosalía y Francesco era un simulacro -como él gustaba de apodarlo-, o la bigamia resultaba indudable. Así pues, iba a tener que actuar pronto y muy bien, si quería librar a su amigo -y quién sabe si a su nueva esposa- de la estancia en la cárcel por una larga temporada.
     Abandonando cualquier otra cosa que tuviera entre manos, Diego se sumergió en los pocos papeles que Francesco había puesto en sus manos. Ya de camino a casa, había puesto un telegrama al Procurador del Rey de Nápoles, anunciándole su nombramiento como abogado del honorable Crispi y solicitando una entrevista para la mañana de dos días después, a fin de tratar informal y amistosamente del asunto. Estaba ya cerca de su domicilio, cuando se topó en el Corso con su colega diputado, Agostino Bertani[10], con quien mantenía -como casi todo el mundo- lazos profundos de respeto y amistad, pese a las discrepancias políticas. Al punto, le sacó la conversación:
-          Por cierto, Agostino, usted que tan buen amigo ha sido del anterior matrimonio Crispi, ¿qué le parece el lío que Francesco ha montado con el nuevo?
-          ¡Quite, quite! Este Fransuà[11] es un cabeza loca. ¡Con el trabajo que me costó convencer a Rosalía para que firmara el convenio de separación y se borrara del mapa!
     Tajani comprendió que su interlocutor tenía muchas cosas que contarle, aunque no era probable que lo hiciese, de no informarle de su novísima posición de abogado defensor:
-          ¡Qué interesante lo que apunta! ¿No podría darme más detalles? Nuestro amigo ha decidido tomarse las cosas en serio y me ha nombrado su abogado.
-          No son cosas para hablarlas en la calle -objetó Bertani-. Vamos a entrar aquí. Al fondo hay un huerto muy ameno, para poder tomar el sol y charlar un rato.
     Con la experiencia de quien era médico de mucha nota, Bertani entró en el Hospital de los Incurables y, por un dédalo de pasillos, condujo a Tajani hasta un hermoso huerto ajardinado, tan propio de esas instalaciones clásicas, no tanto por amenidad y buen aire, cuanto para cultivar plantas medicinales. Tomaron asiento en un banco entre sol y sombra, y allí el médico se explayó. Convertida la conversación a quintaesencia, podemos quedarnos con el siguiente resumen:
-          Verá, Diego, como amigo de la pareja, intenté una y otra vez poner fin al escándalo que uno y otra daban con sus desavenencias e infidelidades. Al fin, tras varios años de intentarlo, conseguí en 1875 que firmasen las paces, mediante un convenio de separación, que en el fondo redactó Francesco, aunque yo bien que lo repasé, pues no quería que engañase a Rosalía, nada experta en cuestiones legales.
-          No conservará usted una copia…, dijo Tajani, al tiempo que hojeaba los documentos entregados esa mañana por Crispi. ¡Ajajá!, es este, ¿verdad?
     Bertani tomó el folio, lo leyó y contestó:
-          El mismo. Vea, vea, dónde está la clave. Se ve que el pillo de Crispi ya imaginaba la posibilidad de contraer nuevas nupcias con la Barbagallo.
     El quid del convenio, según apuntaba el índice de Agostino, era la cláusula en que podía leerse: El abajo firmante, por mera liberalidad y con el fin de que la ruptura de la convivencia no cause a la señora Montmasson mayores perjuicios económicos…
-          Ya veo -sonrió Tajani-. Esto no es un convenio de separación matrimonial de mutuo acuerdo, sino la gentileza de un caballero que decide cortar su relación sentimental con una señora, siendo ambos libres y solteros.
-          En el caso de Francesco, sería viudo, corrigió Bertani… Y, para apuntalar el edificio -prosiguió-, lea aquí, la última cláusula.
     Así lo hizo Diego. Decía: La señora Rosalía Montmasson se compromete, a partir del día de la fecha, a no usar en ninguna ocasión ni momento el apellido Crispi, so pena de quedar inmediatamente cancelada la pensión de cuatro mil liras anuales, más arriba ofrecidas como donación.
     Poco más contenía el escueto documento: Si acaso, otra cláusula condicionante del pago de la pensión, en que la señora Montmasson se comprometía a fijar su domicilio fuera de Roma, en compañía o proximidad de su familia de sangre.
-          Vamos, apostilló Bertani, en el Norte; muy al norte, puesto que, no teniendo hijos vivos, Rosalía tendría que irse a vivir a la Saboya o, incluso, a Francia[12].
-          Ya veo, dijo Tajani. Y ella, tan conforme…
-          Crispi se ha vuelto muy poderoso y, por otra parte, necesitada te veas. En cualquier caso, es mujer de palabra y sigue queriendo a su Fransuà. Así que, hasta ahora, se ha retirado y permanecido en silencio. Si la boda de Francesco con la tal Lina la va a sacar literalmente de sus casillas, es algo que está por ver.
     Tajani corrigió:
-          Ya lo hemos visto. Según nuestro amigo, Rosalía se presentó en Palacio, pidió audiencia a la reina Margarita y montó una zapatiesta de mucha consideración.
     Los dos se miraron, conteniendo la risa. Tajani se explicó:
-          Al parecer, Rosalía se limitó a contar a la Reina, a su modo, lo del matrimonio de Malta y lo avergonzada que se sentía porque la hubiesen tomado por una impostora, al pasar durante muchos años por mujer de Crispi, pero es que lo era en realidad, no como su marido alegaba ahora, una simple concubina. Margarita la creyó, indignóse, se lo contó a su marido y, en la primera ocasión que tuvo, desairó públicamente al Ministro del Interior, negándole el saludo. Acto seguido, el Rey[13] convocó al Presidente Depretis y le exigió la dimisión de Crispi, por no considerarlo digno de ser un ministro del Reino de Italia. Bueno, a partir de ahí, le supongo enterado del follón, pues nuestro amigo no es persona que se achante. Como sabe, Depretis forzó su dimisión con la alternativa, o te vas tú, o nos vamos todos. Ante la opción de irse… o de irse, el León se marchó, con las garras fuera y rugiendo. Eso fue el pasado viernes, día 8, y -cambios de la Fortuna- ya tenemos al ex Ministro inculpado en una investigación penal, de la que puede caerle una condena mínima de siete años de relegazione[14].
-          Ya será menos -objetó Bertani-, mucho menos…, si es que hay condena, que lo dudo. Pero, por lo pronto, veo la carrera política del León en el aire. Por menos, la mayoría de los políticos se han ido a su casa para los restos.



Diego Tajani
     Tajani matizó:
-          Coincido con usted, pero hay un punto esencial que habría que examinar: el del matrimonio maltés. ¿Qué sabe usted de él?
     Bertani se encogió de hombros. Parecía algo cansado de tan larga conversación.
-          Si escucha usted a Crispi, le dirá que todo fue una mera apariencia. Si oye a Rosalía, quedará convencido de que no hubo otro matrimonio canónico más real y sincero. Usted es jurista y un buen abogado. Yo solo soy un médico que intentó poner algo de salud en dos mentes bastante… desequilibradas. Si acerté o no, está por ver… Espero que me tenga informado.
-          Por supuesto, Dottore. Y mil gracias por su tiempo.
     Ya en su domicilio de la recoleta via Margutta, el Abogado, sin pedir todavía que le sirvan la comida, se recoge en su despacho y, sobre unos folios en blanco, va anotando de manera telegráfica todos los datos de la reciente charla con Bertani. Tiene muy buena memoria, pese a que los años no pasan en balde -asevera-, y pronto tiene dos páginas cubiertas con su letra, grande, adornada y levemente cursiva. Relee y corrige lo escrito. Cierra por un momento los ojos y musita:
-          Habrá que darse una vueltecita por Nápoles, por Malta y, naturalmente, por el Carrara… En fin, tampoco es cosa de obsesionarse. Como prevé Bertani, no es nada probable que llegue la sangre al Tíber.
     La puerta se entreabre y la frágil figura de su esposa se recorta en el umbral:
-          ¿Vamos sirviendo la comida, querido?
     Se levanta del buró, toma del brazo a Teresina y echan a andar, largo pasillo adelante.    Él le susurra:
-          ¿Sabes con quien he pasado la mañana?... Con Crispi y con el doctor Bertani.
-          ¡Cuánto honor!, bromea su esposa. Ahora tal vez unos ravioli alla diavola te resulten demasiado insignificantes.
     Diego le replica, con mucha convicción:
-          Si van con peperoni, no los cambio por un faisán relleno.



2.      Dos abogados y un solo inculpado



Estado actual de la casa napolitana donde Crispi se casó con Lina Barbagallo

     El Procurador del Rey[15] ya le esperaba en su espléndido despacho del Castelcapuano, junto a la Sala de los Bustos[16]. Aunque se le notaba algo tenso, pareció expresarse con una sinceridad, que quizás más que del trabajo bien hecho, derivara de sentirse totalmente a cubierto por sus superiores, el Procurador General y el Ministro de Justicia.
-          Si le parece, onorevole Tajani, primero le hago un resumen y luego examinamos los autos, que me acaban de traer del juzgado competente.
-          De acuerdo, Eccellenza. Apenas acabo de aterrizar en el caso. El señor Crispi me hizo el encargo anteayer.
-          Pues le cuento. Hacia el 15 de enero pasado, recibí la orden del Procurador General de abrir un expediente de matrimonio secreto para unir aquí, en Nápoles, al entonces Ministro Crispi y a la señorita Filomena Barbagallo. Inmediatamente abrí procedimiento, cosa que me fue facilitada por la presencia en la ciudad del señor Crispi, quien ratificó la petición, indicándome que, de ser aprobada, la boda se celebraría en su domicilio napolitano, via Santa Maria in Portico, número 3. También me facilitó en el acto los nombres de cinco testigos que podrían aseverar que los dos novios eran personas sin impedimento para contraer matrimonio entre ellos.
-          ¿No le hizo ver que, ante los ojos de todos, en Turín, Florencia y Roma, había habido una señora Crispi, con la que vivía en plena apariencia de matrimonio?
-          Yo no tenía noticia de ello. Piense que llevo apenas dos años en este cargo, habiéndolo desempeñado anteriormente en Verona. Además, mi deber de obediencia era cumplir el encargo del Procurador General.
-          Entiendo. Decía Su Excelencia que el señor Crispi le facilitó la identidad de cinco testigos…
-          Sí, de plena confianza y muy conocidos en la ciudad: un profesor, dos caballeros, un marqués y un duque. Todos fueron llamados por el pretor para redactar la información reservada para perpetua memoria, y todos cinco declararon conocer que ambos solicitantes eran libres de casarse.
-          ¿Qué dijeron del Ministro, que era soltero?
-          Pues ahora misma no recuerdo. Tendría que revisar la copia literal de la información. Supongo que así declararían.
-          Entonces, mal lo conocen, dado que el señor Crispi estuvo ligado por matrimonio indubitadamente válido, hasta la muerte de su primera mujer de sobreparto, allá por 1839, si no me equivoco.
     El Procuratore palideció y tragó saliva.
-          En todo caso, ellos declararon bajo juramento y, por otra parte, soltero o viudo, ¿qué más da?
-          Tiene toda la razón -Tajani decidió halagarlo-. A fin de cuentas, yo defiendo a Crispi y no quiero que sea condenado bajo ningún concepto. Pero Su Excelencia tiene la suficiente experiencia profesional para comprender que uno ha de hacer en ocasiones de Abogado del Diablo[17], para salir al paso de los argumentos de la parte contraria.
-          ¡Ah!, pero ¿va a haber parte contraria?, preguntó el Procurador, intrigado.
-          No tengo idea, repuso Tajani, pero ya sabe que, conforme a la ley, podría personarse la ex señora Crispi -quiero decir, doña Rosalía Montmasson-. Y, por supuesto, el Ministro dimisionario podría tener que vérselas con Vuecencia, si decide finalmente acusarlo de bigamia, lo que Dios no quiera.
     El Procurador sonrió, conciliador:
-          Por de pronto, aunque me he visto obligado por las circunstancias a formular denuncia, el caso está ahora en manos del juez, quien, sin duda, hará una labor objetiva, rápida y ajena a toda maléfica influencia. A tenor de lo que resulte de la instrucción, ya veremos…
-          Tiene razón, señor Procurador: la pelota está ahora en el tejado del juez de instrucción. Veamos, pues, si es tan amable, cómo van las investigaciones.
-          Apenas empezando, explicó el Procurador mientras cogía las actuaciones de sobre su mesa. Tenga en cuenta que yo presenté la petición de proceder el pasado día 6, y estamos hoy a 14.
-          Por supuesto -admitió Tajani-, aunque convengo con Su Excelencia en que hay que actuar rápido, para evitar habladurías y perjuicios innecesarios.
-          Desde luego, pero, por favor, deje de llamarme Excelencia. Me siento cohibido al escucharlo de una persona tan ilustre y abogado de tanto prestigio, como lo es usted.
-          Espero no perder el prestigio con este caso -bromeó el Abogado-. Por lo demás, tiene razón. Ya que vamos a trabajar en el mismo proceso con plenas cortesía y buena fe, el usted puede ser suficiente.
     El examen de las diligencias de instrucción poco aportó a Tajani, como ya le había advertido el Procurador. Hasta ahora, el juez se había limitado a aceptar la denuncia y ordenar una serie de diligencias obvias, entre las que se encontraban: la declaración de Crispi y de su esposa, Filomena Barbagallo; el testimonio de los cinco testigos que habían jurado la libertad nupcial de los contrayentes y acudido a presenciar la ceremonia; la citación del médico que había certificado el peligro inminente de muerte de la novia, para justificar que no se libraran las habituales amonestaciones; y, como más peculiar, oficiar al Consulado de Italia en La Valetta, para que viera de conseguir una copia certificada del acta matrimonial del enlace de 1854, entre Crispi y Rosalía Montmasson. Esta última era una diligencia que podía llevar bastante tiempo y que, por otra parte, llamó la atención del Abogado, que a este propósito inquirió del Procuratore:
-          ¿Tienen alguna información acerca de la existencia real de esa acta?
-          La policía tiene constancia de que, en poder del director de Il Piccolo, obra una copia litografiada de ella, contestó el fiscal. ¡Vaya usted a saber si no es una copia de otra copia de otra copia! Pero lo cierto es que habrá que aclararlo.
-          ¿No podría el juez exigir al señor Zerbi la exhibición de esa litografía? Para empezar, sería mucho más rápido que promover una gestión internacional con la curia maltesa.
-          Yo creo que, para usted, habría otra forma todavía más expeditiva de informarse, replicó el Procurador con cierto desabrimiento. Tengo entendido que madame Montmasson guarda desde hace muchos años una primera copia, seguramente conocida por el señor Crispi.
     Tajani, sorprendido y descolocado, solo acertó a contestar:
-          No tenía noticia. Tan pronto regrese a Roma, hablaré de ello con mi cliente y le sugeriré que trate de aportar el documento…
-          … Si es que a su derecho conviene, apostilló el fiscal, con harta malicia.
     El Abogado comprendió que su visita empezaba a alargarse en exceso, pero todavía preguntó:
-          ¿Dónde está el certificado médico acreditativo de que la actual señora Crispi padece una enfermedad que la colocaba en peligro inminente de muerte?



Sala de los Bustos en el Castelcapuano de Nápoles

     El Fiscal perdió su anterior aplomo y repuso, farfullando casi:
-          Cuando el médico compareció ante mí, se limitó a exponerme de palabra que doña Filomena padecía gravemente del corazón y que podía estar a punto de sufrir un ataque. Yo le recibí el dictamen oralmente, con el compromiso, por su parte, de que me presentaría un certificado médico a la mayor brevedad. O se le ha olvidado o el documento está traspapelado. No dudo de que, cuando se presente a declarar ante el juez, se lo entregará.
-          Supongo que será un doctor de toda honestidad y solvencia profesional, apunto el defensor, con segundas.
-          Por supuesto. Se trata del professore Giuseppe di Martino[18], subdirector de los Incurables. Si quiere intentar verlo… El hospital no está lejos de aquí.
     Era justo lo que pretendía. Ahora podría charlar con aquella eminencia médica, sin tener que hacerlo a escondidas del fiscal. Así que Tajani se despidió ceremoniosamente y salió a toda prisa. A la puerta del Castelcapuano tomó un coche de punto y, en unos minutos, se halló ante una de las solemnes escalinatas de aquel templo, inicialmente, de oración y, ahora, de dolor.
     Tajani tenía ese día la suerte de cara. El profesor di Martino acababa de pasar visita a sus pacientes y, rodeado de colegas y de alumnos, departía aún sobre los casos clínicos, en uno de los enormes claustros del edificio. Diego esperó a que fuera aclarándose el corrillo y luego interrumpió la charla médica y se presentó como Tajani, diputado y abogado, que había venido de Roma para cambiar unas palabras con el ilustre Professore. Este se mostró acogedor y rogó lo acompañase hasta su despacho.
     La conversación resultó de lo más extraña. Entre sonrisas forzadas, guiños y frases de doble sentido, di Martino actuó con Tajani como ante un cómplice indudable, acreditado como tal al ser defensor de Crispi y haber sido enviado por el Fiscal. La cosa era indudable: el Profesor había actuado como un médico por complacencia que, sin hacer daño a nadie -afirmó-, había ayudado a un buen amigo para que no pasase la vergüenza de hacer público lo que podía perjudicarlo.
-          Así que doña Lina, ni estaba en peligro de muerte, ni padece del corazón, coligió Tajani con una aspereza, que puso a di Martino sobre aviso.
-          Bueno -balbuceó este-, tiene un soplo…, le dan sofocos…, se diría que tiene una complexión apoplética…
-          Pues vaya preparando una explicación convincente para cuando comparezca ante el juez, le aconsejó el Abogado.
-          ¡Oh!, por ese lado, ninguna preocupación. Ya tengo preparado el certificado.
     Abrió uno de los cajones de su escritorio, y dio a leer a Tajani un folio con el membrete oficial del Colegio Médico de Nápoles. Con la mayor desfachatez, di Martino afirmaba -y firmaba- que la pobre Filomena estaba viviendo con permiso del enterrador, debido a un corazón que, para desgracia de quienes la amaban, estaba a punto de pararse. Tajani llegó -disimulando su asombro- hasta la fecha que figuraba en la antefirma: era la del 26 de enero de 1878, el día del matrimonio.
-          ¿Se ha percatado usted de que ha antedatado el documento?, preguntó Tajani. Este certificado -añadió- no estaba redactado el día de la boda: el Fiscal está casi seguro de ello.
-          Por supuesto -respondió di Martino, tan fresco-, pero lo mejor será hacerlo pasar por traspapelado. De otro modo, la autorización del matrimonio secreto por el Fiscal podría quedar en entredicho.
     Le daban ganas a Tajani de romper allí mismo el documento y exigir al doctor que redactase otro con la fecha correcta pero, a fin de cuentas, lo más inmoral no era la data, sino la afirmación de una enfermedad inexistente, tanto en sí misma, como en su peligro mortal. Así que devolvió a di Martino el certificado y se despidió con una inevitable frialdad.
    Salió de nuevo al aire libre, con una sensación de enfado y mala conciencia. Nunca habría creído a Crispi, a la vez, tan trapacero y tan necio. Y ahora estaba él en medio, sin otro cometido como abogado defensor, que el de aprovecharse de las influencias de su cliente y taparse los ojos ante las desvergüenzas que fuese descubriendo. Recordó el pronóstico de Bertani: …si hay condena, que lo dudo. En fin, no era la primera vez que, como abogado, había tenido que transigir con ciertas cosas, no muy dispares de las que perpetraba la mafia, de la que él pasaba por ser el más prominente debelador. Volvió a tomar el coche, que había dejado en espera, y dijo al cochero:
-          Vamos a tomarnos una pizza de camino a la estación, y rapidito, que tengo que coger el tren de la tarde para Roma.
     Cuando pagó también la pizza de Salvatore, el cochero, imaginó que, tal vez, aquella bella acción le permitiría coger en el tren el sueño de los justos.
     Llegó a casa a las tantas y con más carbonilla encima que un minero sardo. La infatigable Teresina lo estaba esperando, con la cena templada al fogón. Sobre la mesa de la cocina, una convocatoria de su grupo parlamentario, para las diez de la mañana del día siguiente. Camino de la bañera, Diego se preguntó si Depretis y el resto de los ministros sobrevivirían por muchos días al León de Sicilia. Por cierto, tenía ganas de echarle la vista encima, después de lo que le habían calentado los oídos en Nápoles…
     La reunión iba de lo que Tajani se maliciaba. Presidida por Mancini, en nombre del Presidente del Gobierno, se trataba de recomponer el Gabinete, que la dimisión forzada de Crispi había dejado maltrecho. El viejo Depretis prefería dejar su presidencia a Cairoli, ahora Presidente de la Cámara de Diputados quien, por esa razón, había decidido no dirigir la reunión de la Sinistra Storica[19].
-          El baile de las sillas, susurró Crispi a Tajani, quien había hecho por sentarse a su lado, para hablarle acto seguido del caso de su bigamia.
-          Esto está hecho -replicó Diego- y no creo que pretendas volver a la poltrona ministerial; de modo que vamos a la Sala Verde, que tenemos que hablar.
     Crispi se dejó llevar, mientras la mayoría de los diputados seguía discutiendo. Tajani abordó de inmediato la cuestión:
-          Ayer pasé todo el día en Nápoles -empezó diciendo- y lo que vi y oí no me gustó ni un pelo.
-          ¿Y eso? ¿Tan mal están las cosas?
-          Y tanto. Aquel es un asunto muy feo. Estás en las manos del fiscal y del juez de instrucción.
-          ¡Ah, bueno!, exclamó aliviado el bígamo. No creo que tales manos me las echen al cuello; sobre todo, el fiscal, que consintió con todo y todo lo aprobó. En cuanto al juez, puede ser algo más peligroso: ¿Hablaste con él?
-          No me pareció oportuno, hasta conocer bien el terreno que pisaba. Por lo demás, sabes que te acompañaré cuando vayas a declarar. Por cierto, tendremos que preparar tu exposición, en particular, lo referente al matrimonio de Malta.
-          ¡Quita allá, Diego! ¿Eso te preocupa? Aquello fue un simple simulacro, una forma de complacer a Rosalía, de prisa y corriendo, ante un sacerdote que todo lo dio por bueno, con tal de santificar nuestra unión. ¡Bah!, ya ves que ni ella ni yo registramos el connubio en ninguna parte de Italia. Así que matrimonio nulo ante la Iglesia, ineficaz ante el Estado y de pura apariencia ante la sociedad. Lo que te digo, un simulacro.
-          Pues el juez va a pedir que le manden de la curia de Malta una certificación de ese simulacro. Por cierto, parece que ya andan circulando otras por ahí. Dicen que Il Piccolo tiene una y Rosalía…
-          … Esa la tiene desde el 54. Está ya tan ajada, que la tiene metida entre dos cristales. Pero no vale nada: ni siquiera está firmada por todos los que deberían haberlo hecho.
-          ¿Y qué me dices del eminente profesor di Martino? Como ese sujeto largue, adiós validez de la boda con Lina y cuidado si no os metéis en un juicio por falsedad.
-          ¿Otro juicio? -inquirió Crispi, echándose a reír-. Querido Diego, di Martino ratificará en el juzgado cuanto ya dijo ante el fiscal, y aquí paz y después gloria.



Filomena Barbagallo -gentileza de Mondadori-

     Tajani empezaba a sentirse como un niño tonto, al que su padre disipa, uno a uno, los miedos infantiles. Decidió contraatacar, cuando menos, para salvar su honrilla:
-          Francesco, ya sabes la pena por bigamia, ¿no?... Entre siete y veinte años de cárcel, a más de la que corresponda por las falsedades cometidas. Y tampoco ignorarás que, tras de ti, puede ir Lina, como perfecta conocedora de tu simulacro con Rosalía, conocida por todos -incluso por los Reyes- como la señora Crispi. Así que déjate de insensateces y permite que, al menos, yo me tome en serio la situación, como cumple a un abogado conocedor de su oficio e interesado en la defensa de su patrocinado.
-          ¡Demonios, Diego!, hablas de una forma que me pones los pelos de punta. En fin, tú dirás qué se puede hacer para que no se tuerzan las cosas.
     Tajani ya lo traía pensado desde casa y lo resumió en dos puntos:
-          Primero, del modo y manera más respetuoso y firme que sepas, advierte a Rosalía que, una vez montado el numerito con la Reina, se quede tranquila en su casa y no se le ocurra dar ni un paso hacia los juzgados de Nápoles, ni dejarse entrevistar por los periodistas que están montando esta campaña contra ti.
-          Está bien, yo me ocupo de eso.
-          Y lo segundo, tomarse muy en serio la cuestión de la validez del matrimonio maltés, que es la clave de este asunto y lo que peor atado tenemos. Yo me defiendo con soltura en los temas de la unión civil, pero solo tengo un conocimiento superficial del Derecho Canónico. Vamos a necesitar a un verdadero experto que estudie a fondo tu boda del 54 y nos aporte su dictamen sobre la validez o nulidad de la misma. Y conste que hablo de validez, no de defectos de eficacia o de mera ilicitud, que es por donde tomas las cosas tú.
-          De acuerdo, amigo. Busca a un canonista de talla, pero te prohíbo que lleve sotana. ¡Hasta ahí podríamos llegar! El anticlerical Crispi se salva de la cárcel gracias a la amorosa aportación del Padre Nosecuantos. Menudo titular de prensa: el hazmerreír del año.
     Tajani se sulfuró, de la forma siniestra que él sabía:
-          Honorable Crispi, yo creía que se trataba de defender su libertad porque, en cuanto a su carrera política, la consideraba tan perdida, como Dante en la selva oscura.
     A punto de enfadarse, el ex Ministro rezongó:
-          No vendas la piel del oso antes de cazarlo. Anda, ¿no habrá por ahí un buen canonista que no sea un religioso?
-          Miraré a ver. Lo malo es que contamos con poco tiempo.
     Crispi se levantó con cierta prisa:
-          Voy a felicitar al amigo Cairoli, por su próximo ascenso a la Presidencia del Consejo. A ver si tiene algún carguito para mí, agregó guiñando pícaramente el ojo a Tajani, quien empezaba a maldecir su disponibilidad de días atrás para llevar este maldito embrollo.
     Al final, le pudo la curiosidad y tomó el camino de la sala donde sus colegas estaban ya disolviendo la reunión. Justo en la puerta, se topó con Mancini[20], a quien Tajani profesaba un afecto muy especial, como buena persona y como miembro de la por él llamada Santísima Trinidad del Derecho, de la que Mancini formaba parte, junto a Carrara y Zanardelli[21]. Anticipándose a su pregunta, el gran jurista le adelantó:
-          Caro amico, dentro de unos días volveremos a ser colegas, también en el foro.
-          ¿Cómo, no hay acomodo en el nuevo Gobierno para una figura como usted?
-          Digamos -contestó el Ministro, sonriendo- que llevo dos años alejado del bufete y de las academias, y eso es demasiado tiempo. Como diputado de a pie, podré compatibilizar saberes y tareas, hasta que me vuelva el gusanillo de la política ejecutiva.
     Tajani tuvo, de pronto, una idea que podía ser feliz. Había que explotarla:
-          Por cierto, amigo Pasquale, ¿no conocerá usted a algún canonista de prestigio, que no use vestiduras talares? Tengo un caso entre manos que precisa de un buen conocedor del Derecho eclesiástico y, la verdad, yo no…
     Mancini reflexionó:
-          No me lo pone fácil, pero da la casualidad de que, tan pronto abandone el Ministerio, un amigo muy ilustre me ha encomendado un tema matrimonial y, pasándome lo mismo que a usted, me dirigí a los profesores de La Sapienza[22], quienes unánimemente me recomendaron a un joven que imparte allí Derecho Civil e Historia del Derecho. La verdad es que tiene formación religiosa: Para decirlo pronto, ha colgado los hábitos… No sé si ello se ajusta a su concepto de persona que no se viste por la cabeza…
-          ¡Es perfecto! ¿Podría decirme su nombre?
-          Haré algo mejor, pues es un poco especial. Le daré una carta de presentación.
-          Magnífico, pero habrá de ser inmediatamente. Ya sabe usted lo que son las prisas forenses.
-          Venga conmigo. Garrapatearé unas líneas y se las entrego ahora mismo.
     ¡Vuelta otra vez a la Sala Verde! Un cuarto de hora más tarde, ya están de vuelta Mancini y Tajani, llevando este la nota prometida. Por los pasillos, aún encuentran a Crispi platicando -¡milagro que sea en tono moderado!- con Nicotera[23]. Al ver venir a los dos ilustres letrados, se separa de su interlocutor, se acerca a la pareja, los coge del brazo, ocupando él la posición central, y susurra:
-          Hay que ver lo que es Italia. Dos abogados por cada inculpado.
     Los tres ríen la gracia. Mancini, todavía risueño, confiesa a Tajani:
-          No me diga más, signor Diego. Ya sé para quien es el experto que ha de vestirse por los pies.



3.      El canonista Cosentino


     Tajani estaba asombrado. El canonista que se vestía por los pies ni siquiera había mencionado el tema de sus honorarios, pero le había puesto una condición necesaria para aceptar el peritaje. Escuchemos su exigencia:
-          Estoy al tanto de los problemas del señor Crispi por los periódicos y, la verdad, no me siento inclinado a colaborar con ustedes. No me lo tome a mal, señor abogado, pero lo que ha hecho su cliente me parece muy poco moral, un abuso en toda regla de su posición política, en detrimento de la, hasta ahora, señora Crispi.
     El Abogado se incomodó con aquella lección de ética, que tenía que sufrir quien, en el fondo, pensaba exactamente lo mismo que el moralista, pero que tenía que hacer todo lo posible por favorecer a su cliente:
-          Profesor Cosentino -argumentó-, no siempre la ética y el derecho van de la mano. Vea que usted llama señora Crispi a quien no sabemos si lo es efectivamente, puesto que su matrimonio podría ser nulo. Y note, además, que lo que ahora se debate no es la validez o licitud de dos matrimonios conflictivos, sino si el señor Crispi ha de pasarse un mínimo de siete años en la cárcel.
-          No le falta razón -concedió el canonista- pero, en cualquier caso, no estoy dispuesto a aceptar su encargo, si no es con una condición.
-          Usted dirá.
-          Que, si las autoridades civiles asumen que sea nulo el matrimonio canónico de Malta, se informe a la primera señora Crispi del derecho que le asiste de reclamar la nulidad de la reciente boda de Nápoles, por abuso absoluto y doloso de las normas del matrimonio secreto. Si así se garantizan los intereses de esa señora, no tendré inconveniente en estudiar a fondo el dubium[24] que usted me propone y en defender mi dictamen ante los tribunales.
     Tajani vacilaba en aceptar. Finalmente aplazó la decisión:
-          Tendré que consultar con el señor Crispi y le daré la contestación a la mayor brevedad.
     Cosentino asintió:
-          No hay prisa, visto que quieren ustedes mi parecer de manera genérica, pues no es nada probable que la Justicia se tome en serio la investigación acerca del matrimonio maltés. De todas maneras, cuando me ha revelado usted el nombre del sacerdote que lo autorizó, me ha venido a la cabeza un librito, que nos puede despejar muchas dudas.
-          ¿Ah, sí?, inquirió Tajani. Sería estupendo llevar algo adelantado sobre lo que sabe el juez.
-          En efecto; pero permítame que no le revele nada más, hasta que quede claro si el señor Crispi decide hacer uso de mis servicios… con la condición antes dicha.
     Es muy probable que el ex Ministro hubiese mandado al canonista a paseo, de no ser por la ocurrencia de Tajani de pasarse de inmediato por el Ministerio de Justicia para comentar a Mancini su curiosa entrevista con Cosentino. Aquel no pareció extrañarse en absoluto:
-          Él es así. Yo creo que son los resabios de su pasado clerical. Cuando yo le propuse estudiar el asunto peliagudo del que habré de encargarme formalmente, tan pronto abandone el Ministerio, me dijo con el mayor desparpajo: He aquí un caso de toda justicia. ¡Pobre marido! Si no fuera porque me va a llevar mucho tiempo estudiarlo, se lo dictaminaría gratis. ¡Figúrese! Y no es que le sobre el dinero, ni mucho menos.
-          Procuraré dorarle la píldora a Crispi -suspiró Tajani-, a ver si traga al tal Cosentino.
-          Dígale de mi parte que merece la pena, concluyó Mancini. El tipo ese es un genio: O mucho me equivoco, o ha dado con la tecla precisa, que no habían sido capaces de pulsar un montón de profesores y abogados durante casi veinte años… Le daría detalles, pero el cliente es muy famoso y le debo la mayor reserva.
     Así que, cuando Diego encontró a Fransuà, le espetó:
-          Tenemos lo que necesitábamos, pero vas a tener que dar un poco de juego a Rosalía.
     Tajani se explicó y, contra lo que se temía, halló a Crispi bien dispuesto:
-          Rose es mujer de palabra y tiene mucho amor propio: No creo que acuda a los tribunales, si no lo ha hecho hasta ahora. Además, después de todo este escándalo, ¿qué se me da un poco más de ruido? Si anulan mi matrimonio con Lina por ser secreto, nos casamos en medio de los jardines del Pincio y en paz. Dile a ese tal Cosentino que estoy de acuerdo: Tan pronto me libre de la acusación de bigamia, hablaré con Rosalía y le daré las oportunas explicaciones.
     Así se lo transmitió el Abogado, pero se ve que Cosentino no se fiaba del inmoral Crispi:
-          No hace falta que lo haga él: yo mismo escribiré en su día a la Señora, en nombre de ustedes… y de la decencia.
     La presencia de Crispi ante el juez instructor de Nápoles aclaró mucho las cosas. Se diría que la presencia del famoso político suavizaba la frialdad y la reserva que se suponen a todo magistrado, ante un asunto polémico y complicado. La declaración, en sí, no aportó nada nuevo. Francesco insistió en que, para él, el matrimonio maltés no había pasado de ser un simulacro, que había consentido para dar un título familiar y una consideración social a quien llevaba quince años con él, dedicándole todo género de atenciones en un medio hostil. Como muestra de que, ni Rosalía, ni él, habían dado a la unión otro sentido que el de cubrir las apariencias, estaba el hecho de que nunca se hubieran decidido a inscribirlo en los registros civiles de las Dos Sicilias, ni del ulterior Reino de Italia, requisito de eficacia, si no de validez. Y, llegado el momento de analizar la figura del sacerdote Marchetti y de su valor como autorizante del matrimonio, el Procurador del Rey de Nápoles -presente en la diligencia por cortesía hacia el declarante-, tomó la iniciativa, como si lo conociera de toda la vida:



Iglesia arciprestal de Floriana (Malta)

-          ¡Bah! Unos dicen que era jesuita, otros que capuchino. La verdad es que fue uno de esos curas giróvagos poco disciplinados, que acabó recalando en Malta para curarse la tisis y, al poco tiempo, falleció, o no volvió a saberse de él. Lo cierto es que, cuando se metió a redentor de conciencias y casó al honorable Crispi, ni residía establemente en la Isla, ni tenía licencias para actuar allí. Hay quien dice que estaba suspendido a divinis, o en entredicho.
-          ¡Caramba, señor Fiscal, eso es mucho decir!, exclamó el juez. No creo que haga falta llegar a tanto, para concluir que el matrimonio del 54 fue una mera condescendencia del señor Crispi con la señora Montmasson. Pero, en fin, dejemos que sea él mismo quien deponga ante nosotros. Y, para más precisión, esperaremos a que llegue la certificación de la Curia de Malta.
     Tajani tragó saliva: Llamar a las puertas de la archidiócesis maltesa era como abrir la caja de Pandora. Con todo, calló hasta que hubo concluido la declaración crispina. Luego, sacó el tema, prefiriendo conocer la verdad, por ominosa que fuera:
-          Digo, Señoría, que la famosa partida de matrimonio de poco nos va a servir, si la unión fuese nula. Nadie duda de que hubo una boda en Floriana maltesa, el 27 de diciembre de 1854, que es lo único para lo que puede servir ese documento que ya tiene en su poder la señora Montmasson; por cierto, a falta de alguna de las firmas que deberían suscribirlo. ¡Si hasta dicen que una copia anda en manos del periodista de aquí que ha promovido la campaña de prensa contra el señor Crispi! Así que, si Su Señoría quiere examinar la certificación de matrimonio, no hace falta que la reclame de Malta: Basta que ordene su exhibición a la señora Montmasson o al señor Zerbi. ¡Lástima que mi cliente, por no darle validez ninguna, no conserve otra copia!
     El juez se limitó a señalar:
-          Tengan por seguro que no gastaré un instante de tiempo, ni un adarme de esfuerzo, en practicar diligencias de relleno. Comprendo perfectamente que están en juego el honor y la tranquilidad del inculpado aquí presente, a quien este juzgado dispensa la consideración que le es debida.
     No es extraño que, pese a la duda metódica, fruto de su experiencia forense, Tajani saliera del despacho del juez moderadamente asegurado y satisfecho.

***

      El Abogado no perdió tiempo, en regresando a Roma, de visitar al profesor Cosentino, para ratificar el encargo del informe sobre la valoración del matrimonio maltés. Seguidamente, pasaron a la cuestión monetaria. El canonista no se mostró tan generoso como con el caso de Mancini, pero la verdad es que sus tarifas eran un tanto extrañas:
-          ¿Cuánto le pasa el señor Crispi a la señora Montmasson para tranquilizar su conciencia?
     Tajani no iba a mentir en una cuestión tan secundaria:
-          Cuatro mil liras anuales.
-          Yo me conformaré con la mitad, repuso Cosentino. A cambio, tendrán mi informe y un compromiso de confidencialidad… Y ahora cuénteme sucintamente lo que sacaron en limpio de la entrevista con el juez de instrucción. Es esencial conocer lo que sabe… y lo que en verdad quiere saber.
-          Me da la impresión -reconoció Tajani- de que podremos evitar la extensión de las averiguaciones a los archivos de la curia maltesa. Y, lo que creo que es muy importante, el sacerdote Marchetti parece estar del todo desacreditado.
-          ¡Pobre hombre! Bien se ve que no han leído el librito.
     Tajani saltó:
-          ¿Me dirá de una buena vez a qué publicación se refiere?
     Cosentino se mostró irreductible:
-          Cuanto mayor sea mi silencio, mejor para su cliente. De todos modos, cuando termine el proceso, tendré mucho gusto en regalarle un ejemplar. El otro día localicé en una vieja librería de via degli Zingari uno en muy buen estado.
     El Abogado suspiró y cambió de conversación:
-          ¿Querrá los honorarios en metálico o por un pagaré bancario?
-          No se ofenda conmigo, honorable diputado, pero prefiero el dinero contante y sonante. Algunos bancos están demasiado… mediatizados por los políticos.

***

     Quince días más tarde entraba abril y la causa contra Crispi seguía su curso rutinario. Incluso parecía que, contagiado Il Piccolo de la indolencia judicial y con Nicotera maniobrando frente al nuevo Gobierno, la campaña de prensa se desinflaba, quizás a la espera de lo que se cocinara en los tribunales. El propio Tajani se dejaba embaucar por los embelecos de la política del Parlamento y había dejado de tener pesadillas protagonizadas por el inefable medicucho di Martino y el arzobispo Scicluna[25], que podría abrir los archivos donde yacían los arcanos que tanto podían perjudicar a Fransuà. En esto que, según se acercaba al portal de su casa a la hora de comer, notó que un caballero trajeado de oscuro paseaba arriba y abajo la acera. Era Cosentino quien, al tenerlo muy cerca -era bastante miope-, se le acercó muy ufano, con un sobre tamaño folio en la mano:
-          ¡Avvocato -exclamó-, aquí tiene el dictamen! Es escueto, pero se ajusta a lo que hasta ahora conocemos del caso. De todos modos, estoy a su disposición, si desea alguna aclaración, o las cosas se complican en un futuro próximo.
-          Muy amable -replicó Tajani-. ¿Quiere subir a mi casa? Creó que tendré dinero suficiente para…
-          ¡Quite, por Dios! Podemos quedar en otro momento, dónde y cuándo quiera. Así podrá decirme qué le ha parecido mi trabajo.
     Llevó la mano al sombrero y se alejó sin esperar a concretar la cita. Después de todo, parece que el canonista sí que se fiaba de los políticos…; de algunos, al menos.
     A duras penas contuvo Diego la impaciencia, mientras daba buena cuenta del almuerzo. Tan pronto acabó con las primeras fresas de la temporada, rogó a Teresina:
-          Querida, ¿podrías decir a Emilia que me lleve el café al despacho? ¡Ah! Y una copita de Marsala.
     El dictamen de Cosentino era breve y bien ordenado. Venía encabezado por la reducida lista de textos jurídicos aplicables y algunas obras doctrinales del mayor prestigio. Seguidamente, indicando entre paréntesis las oportunas citas, señalaba los motivos por los que el matrimonio canónico podía resultar nulo o ilícito, con especial alusión a las circunstancias del de Crispi. Finalmente, señalaba la normativa básica del matrimonio secreto, para el caso de que se entendiera que el connubio maltés merecía esa consideración. Sinceramente, no querría descender a detalles que yo no entienda, ni a ustedes les resulten de utilidad para comprender lo sustancial del caso. Por tanto, recogeré tan solo los puntos que el propio Tajani fue subrayando a lápiz, como más dignos de interés. Fiémonos del criterio del ilustre Abogado.
      Ante la falta de un Concordato entre la Santa Sede y el Reino de Italia, permanecen en todo su vigor los diez Capítulos aprobados en la sesión XXIV del Concilio de Trento en 1563, constituyendo el Decreto de Reforma sobre el Matrimonio. El primero de dichos Capítulos, conocido por su palabra latina introductoria -Tametsi- establece los requisitos de validez de la forma de celebración del matrimonio. Dichos requisitos son solo estos tres: 1º. Que la unión vaya precedida de la publicación de su celebración, mediante los oportunos edictos, amonestaciones o proclamas, publicados por tres veces, con la solemnidad que el mismo Concilio exige, siguiendo la previa normativa del Cuarto Concilio Lateranense de 1215. 2º. Que el matrimonio sea autorizado por el Ordinario o por el párroco propio de los contrayentes, o de uno de ellos; o por el párroco u Ordinario del lugar de su celebración, cuando los contrayentes sean vagos, es decir, que carezcan de domicilio fijo; pudiendo el párroco u Ordinario competente delegar en otro sacerdote. 3º. Que el matrimonio sea celebrado en presencia de dos o tres testigos, al menos.
     Cualquier otra deficiencia o irregularidad observadas en la preparación o en la celebración del matrimonio no constituye motivo de nulidad. En particular, así ocurre en los casos en que el sacerdote sea, efectivamente, el competente por razón de las personas de los contrayentes o del lugar de la celebración, o delegado de aquel, por más que esté suspendido o entredicho; entendiéndose en estos casos que el Sacramento cumplirá sus efectos ex opere operato, es decir, por la propia virtud de lo celebrado, no ex opere operantis, es decir, por la disposición en que se halle el celebrante al momento de su autorización.
     De acuerdo con los sagrados cánones tridentinos, inspirados así mismo en los lateranenses, es nulo y sin efecto alguno, además de gravemente pecaminoso, el llamado históricamente matrimonio clandestino. Sin embargo, la Santa Iglesia consiente en que, con justa causa, pueda celebrarse el matrimonio en secreto, liberando del requisito de las proclamas o amonestaciones, sustituido por otras cautelas para comprobar la libertad de los contrayentes y la ausencia de cualesquiera otros impedimentos dirimentes. Dicho matrimonio secreto fue regulado por S.S. el Papa Benedicto XIV, con la bula Satis vobis, de 1741, correspondiendo la autorización para el mismo, exclusivamente, a los obispos competentes, o al Santo Padre, bajo pena de nulidad en otro caso…
     En consecuencia, el presunto matrimonio del señor Crispi y la señora Montmasson solo sería nulo si concurriere alguno de los defectos siguientes: 1º. Que el sacerdote, Padre Marchetti, no hubiese recibido la pertinente delegación de la Archidiócesis de Malta o del párroco correspondiente a la localidad de Floriana. 2º. Que, para el caso de no haberse publicado amonestaciones -como parece-, estas no hubiesen sido dispensadas previamente por el Arzobispo de Malta, o por el Vicario delegado para ello en su archidiócesis.
     Por el contrario, no afectaría a la validez del matrimonio el hecho de que el Padre Luigi Marchetti no hubiera tenido a la sazón su residencia en Malta, ni siquiera el que estuviera suspendido a divinis, o incurso en alguna interdicción, circunstancias que, en cualquier caso, tendrían que ser probadas por quien las alegare.
     Dentro del mismo pliego, venía una amplia nota de Cosentino, que no hizo precisamente las delicias de Tajani. Decía así:
     Estoy en condiciones de afirmar, por buena fuente, que el Padre Luigi Marchetti, romano, nacido en 1816 y fallecido en 1855, lejos de ser un cura giróvago, o un fraile capuchino, o un jesuita, fue un Misionero Apostólico, con licencias de la Santa Sede, y misiones en tierras de moros. Cuando se disponía a partir hacia la isla de Ceilán, se agravó de tal forma su dolencia tuberculosa, que hubo de detenerse en Malta, para tratar de curarse. Eso sucedió en el año 1845, momento desde el cual el sacerdote permaneció en tierra maltesa, colaborando con otros compañeros en las tareas espirituales, en particular, con los frailes franciscanos. Seguramente que el ejercicio de su ministerio le hizo encontrarse con el señor Crispi y la señora Montmasson, con quienes llevó a efecto prácticas catequéticas y, finalmente, celebró su matrimonio. Posteriormente, continuó en Malta, hasta 1855, cuando finalmente la tisis lo llevó al sepulcro, en olor de santidad, pues ha habido algunas iniciativas para empezar su proceso de beatificación.
     Todos estos datos, y otros más de cariñoso recuerdo, pueden encontrarse en la biografía del Padre Marchetti, al parecer, promovida y sufragada por Pietro Trasmondo, de ilustre familia patricia vinculada a los Romanos Pontífices. El opúsculo, de 83 páginas, es obra del conocido escritor, Monseñor Francesco de’ Conte Fabi Montani, habiendo sido editado por la Tipografia Forense de Roma, en el año 1862[26].
     Es de esperar -no sé si escribir de desear- que el señor Procurador del Rey de Nápoles siga teniendo del difunto Padre Marchetti la misma mala -y equivocada- impresión, hasta que concluya el proceso por bigamia contra el señor Crispi. Nada me extrañaría, como tampoco que haga partícipe de sus errores al señor Juez, pues dicen que Italia es país donde la Justicia es lenta y puntillosa, salvo cuando conviene a los poderosos que actúe con precipitación y diligencia.
     Roma, a 9 de abril de 1878.
     Su afmo. servidor,  
     Profesor Fabio Cosentino.
     P.S. Sigue en pie mi compromiso de hacerle llegar un ejemplar del libro citado, cuando su aparición no pueda ya causar perturbación alguna a su afamado cliente.




4.      Una decisión judicial inapelable, salvo para la Historia



Sepultura de Rosalia Montmasson-Crispi en Roma

     El Abogado no sabía qué hacer. Aunque la política y el foro le habían enseñado a mantener una careta de impasibilidad cuando era necesario, temía que alguna palabra inoportuna, o cierto nerviosismo mal reprimido, pudieran delatar lo que él sabía y que tan fácil de descubrir era para la Justicia. Un paseo por las librerías de lance del Trastevere y el fantasma del Padre Marchetti podría aparecerse a cualquier curioso lector de su biografía, con su halo de amplia cultura, conocimiento de lenguas y probada virtud. De ahí a comprender que tan digno clérigo no podía haber autorizado un matrimonio a la ligera -un simulacro, según constante expresión despectiva de Crispi-, solo mediaba un paso. Y, de esa comprensión, a recabar toda la documentación obrante en la curia maltesa, solo mediaba otro. El tercero, naturalmente, era el que daría Fransuà camino de la cárcel, para un mínimo de siete años.
     Finalmente, el miércoles, 1 de mayo, Tajani volvió a viajar hasta Nápoles. Le parecía que, a punto de cumplir dos meses la instrucción penal, era ya tiempo de que se concluyera, si no se quería profundizar demasiado, o para que el juez se enfrascase en más amplias indagaciones, tomándose -por así decir- las cosas en serio. Como de costumbre, Tajani optó por usar al Procurador del Rey como informador indirecto, avisándolo telegráficamente de su visita.
-          Tengo buenas noticias para usted, avvocato- comenzó el fiscal-. Hemos tenido el juez y yo un tira y afloja porque él estaba empeñado en tomar declaración a la señora Montmasson o, cuando menos, informarle de la existencia de la investigación, por si quería personarse o intervenir de algún modo. Finalmente, he logrado convencerlo de que deje en paz a la buena señora que, además de vivir muy lejos, de sobra conocerá por los periódicos el proceso que pende contra su marido, digo, contra el señor Crispi. Si no ha dado señales de vida, será porque no le interesa intervenir. Entonces, ¿a qué molestarla?
     Tajani captó al vuelo el probable sentido del lapsus del fiscal con lo del marido, y apostilló:
-          Además, podría organizarse un buen lío jurídico. Si tenemos el matrimonio maltés como posiblemente válido, la señora no debería ser convocada para declarar contra su marido y, en todo caso, tendría el derecho de no manifestarse. Y si, por el contrario, se la cita y obliga a declarar, se estaría prejuzgando la nulidad del matrimonio maltés y, en consecuencia, la inexistencia del delito de bigamia. ¿Qué le parece el embrollo, señor Procurador?
-          Sí que es complicado, sí -respondió-. No habíamos caído en toda la magnitud del problema.
     De donde el Abogado dedujo que el lapsus había sido meramente freudiano, como ahora solemos calificarlo.
-          Entonces, señor Procurador decía usted que podemos tener muy pronto fumata. Pero ¿será blanca o negra?
     El fiscal sonrió, pero no contestó la pregunta.
-          Tenemos la suerte -prosiguió- de que la bigamia -como usted bien sabe-, aunque es delito grave, no llega al concepto jurídico de crimen. Quiere decirse que, si yo decidiere no acusar, no necesitaremos reunir un jurado para que valore mi postura de no llevar el asunto a juicio. Basta con que el juez instructor y yo estemos de acuerdo, para que la causa se archive definitivamente y sin más trámites. Y en eso estamos. El juez ha prometido darme traslado del proceso el próximo lunes, a más tardar. Así que ya voy preparando mi informe que, como es lógico, consultaré con el Procurador General en Roma, dada la relevancia del inculpado.
     Tajani intuyó que, entre tanto, el fiscal napolitano no iba a adelantarle su intención de acusar o de pedir el sobreseimiento del caso. Prefirió, pues, preguntárselo mediante una perífrasis decisiva:
-          ¿Llegó algún documento de Malta, de esos que el juez tenía pensado pedir por vía consular?
-          Finalmente, no cursó el mandamiento, repuso el fiscal. Sabiendo lo que sabemos del tal padre Marchetti, nos pareció a ambos una pérdida de tiempo.
     Se despidieron con la promesa del Procurador de informar telegráficamente a Tajani sobre el contenido de su informe, tan pronto lo presentase en el juzgado.
     El Abogado bajó eufórico la escalinata y, al hallarse en el centro del gran patio, entonces casi desierto, no pudo por menos de exclamar:
-          ¡A partir de ahora, además de a Sant’Alfonso de’ Liguori[27], me encomendaré al siervo de Dios, Luigi Marchetti!

***

     No es cosa de mantener en tensión a mis lectores, alargando en exceso la narración. Baste decir que, el 20 de mayo, el Procurador del Rey de Nápoles solicitó del archivo de la causa por bigamia. Su argumentación -como ya sabemos- era la de que el matrimonio maltés había sido celebrado sin publicar amonestaciones y ante un sacerdote no autorizado para ello por el Ordinario o por el párroco del lugar, dado que se trataba de un clérigo recién llegado a la isla de Malta y que, al parecer, estaba suspendido a divinis por la Santa Sede. Añadía, para robustecer su criterio, que el tal matrimonio no tenía relevancia alguna en Italia, desde el momento que no se había inscrito en el Registro civil del Reino de las Dos Sicilias ni, posteriormente, en el del Reino de Italia.
     El sábado, 25 de mayo de 1878, el juez de instrucción, acogiendo parcialmente el razonamiento del fiscal, procedió a dictar resolución definitiva de archivo de la causa por bigamia contra Francesco Crispi. De forma un poco más circunspecta que el Procurador, Su Señoría recogía que el sacerdote oficiante del matrimonio llevaba muy poco tiempo en Malta, adonde había llegado para curarse de la tisis. Recogía así mismo que el matrimonio se celebró de modo secreto, sin que se haya encontrado prueba alguna de una eventual dispensa de la publicación de amonestaciones, como tampoco de la delegación del párroco, que habría de haber obtenido el sacerdote Marchetti para poder casar válidamente al señor Crispi con la señora Montmasson.
     En consecuencia, el juez hacía suya la valoración del inculpado: el matrimonio del 27 de diciembre de 1854 había sido un simulacro. Y el diario napolitano Il Piccolo daba por cerrada su campaña contra la conducta de Crispi y sus cooperadores matrimoniales, con un erre que erre de baja intensidad: Podría ser que Crispi no fuera bígamo pero, desde luego, era un inmoral.
     Y, dicho esto, añadiré unas pocas palabras acerca del futuro de varios de los personajes principales de este drama, que iba para tragedia y concluyó en el género buffo:
-          Francesco Crispi, contra lo que se vaticinaba, no acabó su carrera política con el escándalo de su presunta bigamia. Por el contrario, le faltaba por vivir la mejor etapa de su ejecutoria pública, al ser nombrado Presidente del Consejo de Ministros del Reino de Italia entre 1887 y 1891 y, luego, entre 1893 y 1896. Si lo hizo bien o mal, que juzguen los historiadores. En cualquier caso, hubo de someterse a un juicio más sabio y definitivo que el de los hombres, cuando falleció en 1901.
-          Rose, Rosalie o Rosalía (Crispi) Montmasson vivió hasta 1904, manteniéndose a base de la pensión asignada por su marido de simulacro y, posteriormente, con la asignada por el Estado, por haber sido una de Los Mil -la única mujer- que tomaron parte en la expedición de conquista de Sicilia y Nápoles. Sobre su tumba, los familiares se empeñaron en que figurase el apellido Crispi y así continúa leyéndose en la lápida.
-          Filomena (Lina) Barbagallo, señora de Crispi, ejerció como tal hasta la muerte del gran político, ya que no hubo fiscal ni particular que forzase la indiscutible declaración de nulidad de su matrimonio. Falleció en 1915.
-          Diego Tajani tuvo pronto ocasión de conocer de primera mano los chanchullos que, como abogado, sabemos que había ya experimentado: En diciembre de 1878, fue nombrado Ministro de Gracia y Justicia, cargo en que permaneció hasta julio del año siguiente, y que posteriormente repetiría entre junio de 1885 y abril de 1887. Continuó siendo diputado hasta 1895. En 1896, pasó al Senado, con carácter vitalicio, falleciendo en 1921, a los 93 años de edad.
-          El periodista y escritor Rocco de Zerbi continuó al frente de Il Piccolo de Nápoles hasta 1888 y siguió siendo diputado hasta su muerte, acaecida en 1893, a los 49 años de edad. Il Piccolo, nacido en 1868, le sobrevivió poco tiempo pues su nombre no figura entre el de los periódicos italianos que alcanzaron el 1900.
-          El profesor Fabio Cosentino[28] cobró sus dos mil liras. No consta si cumplió su propósito de visitar a Rosalía Montmasson para indicarle expresamente que, de conformidad con el artículo 85 del Código Civil vigente, podía impugnar el matrimonio de Crispi con Lina. En cualquier caso, Rosalía no lo hizo.
     Mas no acaba aquí el relato, pues no hace mucho que se publicó un descubrimiento, no por presumible, menos relevante, para concluir aquel en justicia. Creo que ustedes y los protagonistas bien merecen que lo recoja aquí, entre otras razones, porque parece que haya pasado desapercibido para muchos que deberían conocerlo. Veamos.

***

     El año 2007, el profesor de la Universidad de Malta, Simon Mercieca, publicó en la revista de la Malta Historical Society (páginas 60-94), un artículo intitulado Lo scoglio ingrato: archeologia, storia e mazzinianesimo a Malta attraverso il punto di vista di Francesco Crispi. Quizá lo ambiguo y retorcido del título pueda explicar que no haya sido citado -y utilizado- por los interesados en la biografía sentimental de Francesco Crispi, hasta que cayó en manos de la notable escritora, Maria Attanasio, autora de la novela biográfica La ragazza di Marsiglia -es decir, Rose Montmasson-, aparecida en 2018[29].
     El profesor Mercieca, cuya versión inglesa del artículo antes citado es accesible libremente por Internet, se limitó a hacer lo que, ciento treinta años antes, no habían querido realizar nuestros amigos de la judicatura napolitana, es decir, consultar los documentos que, sobre el matrimonio de Crispi de 1854, figuran en los archivos de la Archidiócesis de Malta. En el cuerpo principal del trabajo de Mercieca, se deja constancia de cómo la falta de proclamas públicas fue autorizada y sustituida por las alternativas lícitas, previstas por la Iglesia para acreditar el Stato Libero de los contrayentes -es decir, la libertad para contraer matrimonio-, dada la urgencia derivada de la orden de expulsión de Malta, que la Autoridad británica había decretado contra Crispi. También se señala y documenta la intervención plena de la Curia maltesa, a través del Vicario del Arzobispo, en la autorización del matrimonio, incluida la participación del misionero apostólico, Luigi Marchetti, con la relevante cooperación del capuchino, Fra Girolamo de Malta.
     En Apéndice al artículo, se recoge hasta catorce documentos obrantes en la Curia maltesa, referentes a Crispi, la Montmasson y su matrimonio, que soportan perfectamente lo expuesto en el cuerpo del trabajo e, incluso, amplían los datos con una referencia al conocido hecho de que Rose, al marchar de la casa paterna siendo aún menor de edad, recibió de su progenitor un documento notarial, en que se la autorizaba para casarse, sin necesidad de recabar tal consentimiento de modo presencial[30].
     En suma: Si el proceso por bigamia de Crispi hubiese sido fallado según justicia, el prohombre (y, tal vez, Filomena Barbagallo) habría sido condenado a no menos de siete años de cárcel; seguramente, su carrera política habría acabado aquí, y Rosalía Montmasson habría vuelto a ser lo que fue durante veinte años a los ojos de todos: la Señora Crispi. Pero no sucedió así: no se hizo justicia y Fransuà pudo seguir afirmando que su unión con Rosalía había sido un simulacro, cuando lo que era un simulacro era su decencia. Años más tarde, en el turbio asunto del escándalo de la Banca Romana, daría buena prueba de ello[31]. Pero, ciertamente, esa ya es otra historia.





Monumento a Francesco y Rosalia Crispi en Ribera, localidad natal de aquel
    
    

    

    





[1] Francesco Crispi (1818-1901), destacado político italiano, varias veces Ministro del Interior hasta el 8 de marzo de 1878. Posteriormente, alcanzaría la Presidencia del Consejo de Ministros en dos ocasiones: 1887-1891 y 1893-1896.
[2] Diego Tajani (1827-1921), destacado abogado, magistrado y político italiano, siciliano como Crispi y amigo y correligionario de este, dentro de lo que en política cabe.
[3][3] Rocco de Zerbi (1843-1893), escritor, periodista y político italiano, fundador y director del diario Il Piccolo de Nápoles entre 1868 y 1888. Era de ideología más centrista que Crispi y los suyos.
[4]  Agostino Depretis (1813-1887), repetidas veces Presidente del Consejo de Ministros y principal figura de la coalición Sinistra Storica.
[5]  Alusión al matrimonio canónico celebrado en Floriana (Malta) el 27 de diciembre de 1854 entre Francesco Crispi y Rose (o Rosalie, o Rosalía) Montmasson.
[6] Apelativo familiar de Filomena Barbagallo (1842-1915), con quien Francesco Crispi contrajo matrimonio civil secreto en Nápoles, el día 26 de enero de 1878.
[7] Véase nota 5. Se alude a Rosalía Montmasson.
[8] Se explica más adelante, en este mismo capítulo.
[9] Crispi había nacido en la localidad siciliana de Ribera, provincia de Agrigento.
[10] Ilustre médico, militar y político italiano (1812-1886), amigo del matrimonio Crispi-Montmasson, mediador para lograr el acuerdo de separación amistosa entre ellos de 1875.
[11]  Rose Montmasson, cuya lengua materna era el francés, llamaba así a Crispi, convirtiendo al francés fonético su nombre italiano, Francesco.
[12] Rose Montmasson era saboyana de nacimiento y, desde su adolescencia, había residido en Marsella, donde conoció al desterrado Crispi.
[13] Lo era, desde hacía muy poco tiempo, Humberto I, Rey de Italia entre el 9 de enero de 1878 y el 29 de julio de 1900, en que fue asesinado por el anarquista, Gaetano Bresci.
[14] Pena privativa de libertad que el artículo 13 del vigente Código Penal italiano definía como detención en un castillo u otro fuerte. Su duración era de entre 3 y 20 años (artículo 55).
[15] Equivalente al español Fiscal Jefe. Los había en todas las provincias, bajo las órdenes directas del Procurador del Rey General, residente en Roma, y las indirectas del Ministro de Gracia y Justicia.
[16] El Castelcapuano era a la sazón el Palacio de Justicia de Nápoles.
[17] En los procesos de canonización, eclesiástico que busca todos los defectos y pecados posibles en la persona en vías de convertirse en santo. Por extensión, Tajani alude aquí a la necesidad en que se encuentra un buen abogado de buscar los errores de la tesis propia y los aciertos y fortalezas de la ajena.
[18] El personaje y su nombre son reales, como también el vergonzoso contenido de su informe. No me consta que trabajase como médico en el napolitano Hospital de los Incurables.
[19] Conjunto de partidos de izquierda que solía dirigir Depretis, cuya habilidad para ello había granjeado a su manera de actuar el nombre de transformismo. Véase también la nota 4.
[20] Pasquale Stanislao Mancini (1817-1888), político y gran jurisconsulto italiano de la época.
[21] Francesco Carrara (1805-1888) y Giuseppe Zanardelli (1826-1903), otros dos grandes juristas italianos del momento, con especial repercusión en el Derecho Penal.
[22] Nombre por el que es conocida la Universidad de Roma, antigua Universidad Pontificia.
[23] Giovanni Nicotera (1828-1894), político italiano que, pese a la coincidencia ideológica, mantuvo una enemistad casi constante con Francesco Crispi, hasta el punto de suponerse que fuera él quien indujera o apoyara la campaña de Il Piccolo de Nápoles contra la presunta bigamia de Crispi.
[25] Carmelo Scicluna, arzobispo de Malta entre 1875 y 1888.
[26] El citado opúsculo es completamente verídico y puede consultarse íntegramente por Internet.
[27] En español, San Alfonso (María) de Ligorio, santo patrono de la Abogacía italiana.
[28] Aunque estemos al final del relato, no estará de más que les diga ahora que es un personaje imaginario.
[29] Editado por Sellerio, Palermo. En cambio, no se han percatado del crucial artículo del profesor Mercieca otros textos, de mayor pretensión histórica, como los dos siguientes: Enzo e Nicola Ciconte, Il Ministro e le sue mogli. Francesco Crispi tra magistrati, domande delle stampe, impunità, Rubettino, Soveria Mannelli, 2010; Cincia Giorgio, Storia erotica d’Italia, Newton Compton Editori, Roma, 2014 (capítulo Francesco Crispi, bígamo)
[30] Véase Simon Mercieca, Lo scoglio ingrato…, citado en el texto, documentos 9 a 14, páginas 91-94.
[31] Gravísimo caso de corrupción bancaria y política, que se desarrolló entre 1892 y 1895, salpicando, entre otros, a los aquí citados, Crispi, Nicotera y de Zerbi.